Cultura2026_Subv.Nom. Robòtix Penedès
ImporteHasta 1500 €
Plazo de solicitudHasta 31 may 2026
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Descripción
Cultura
Requisitos
- Ser entidad con personalidad jurídica inscrita registralmente (aportación de CIF)
- Presentar petición formal de la subvención
- Acreditar memoria de la actividad y presupuesto
- Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias
- Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones frente a la Seguridad Social
- Estar al corriente de las obligaciones con el Ayuntamiento de Vilafranca del Penedès
- No tener subvenciones pendientes de justificar de ejercicios anteriores para acceder al pago anticipado
- Presentar declaración responsable
- Ejecutar las actividades subvencionadas de conformidad con los principios de buena administración, buena fe y presunción de legalidad
- Comunicar al Ayuntamiento la petición u obtención de cualquier otra subvención concurrente para la misma finalidad
- Disponer de libros contables, registros diligenciados y demás documentos auditados en los términos exigidos por la legislación mercantil y sectorial aplicable
- Aceptar expresamente la subvención o no manifestar objeciones en el plazo de cinco días desde la notificación
Documentación necesaria
- Petición formal de la subvención
- Documentación acreditativa de la inscripción registral de la entidad
- CIF de la entidad
- Memoria de la actividad
- Presupuesto de la actividad
- Justificación de cumplimiento de deberes tributarios y frente a la Seguridad Social
- Justificación de cumplimiento de deudas con el Ayuntamiento
- Declaración responsable
- Cuenta justificativa con aportación de justificantes del gasto, que incluya: memoria justificativa del cumplimiento de las condiciones y de las actividades realizadas, participantes y resultados obtenidos
- Memoria económica justificativa con relación clasificada de gastos e inversiones (identificación del acreedor, documento, importe, fecha de emisión y, en su caso, fecha de pago)
- Facturas o documentos de valor probatorio equivalente y, en su caso, documentación acreditativa del pago
- Relación detallada de otros ingresos o subvenciones que hayan financiado la actividad, con indicación del importe y su procedencia
- Tres presupuestos en aplicación del artículo 31.3 de la Ley General de Subvenciones
- Carta de pago de reintegro en caso de remanentes no aplicados e intereses derivados
- Ejemplar de cada medio de difusión editado que acredite la inclusión de la expresión 'Con el apoyo del Ayuntamiento de Vilafranca del Penedès' y el escudo municipal
Cómo solicitar
- 11. Presentar la petición formal de subvención, junto con la documentación requerida (inscripción registral, CIF, memoria de la actividad, presupuesto y justificación de cumplimiento de deberes tributarios, de Seguridad Social y con el Ayuntamiento), por medios electrónicos en la sede electrónica del Ayuntamiento de Vilafranca del Penedès (artículo 14 Ley 39/2015)
- 22. Esperar la resolución del órgano competente (teniente de alcalde del Área correspondiente, al ser importe inferior a 4.000€)
- 33. Recibir la notificación electrónica del acuerdo de concesión en la sede electrónica municipal (artículo 43 Ley 39/2015)
- 44. Aceptar expresamente la subvención o no manifestar objeciones en el plazo de cinco días desde la notificación; en caso contrario se entenderá aceptada tácitamente
- 55. Recibir el pago anticipado del 70% (1.050€) tras la comprobación de certificaciones de no tener deudas pendientes, en función de las disponibilidades de tesorería
- 66. Comunicar expresamente cualquier variación respecto al presupuesto o actividades inicialmente previstas para su aprobación por el órgano competente
- 77. Presentar la cuenta justificativa con la documentación justificativa del gasto, como máximo, hasta el 10 de setiembre de 2026
- 88. Recibir el pago del 30% restante (450€) tras la aprobación de la justificación y en función de las disponibilidades de tesorería
Dónde: Sede electrónica del Ayuntamiento de Vilafranca del Penedès (https://www.vilafranca.cat) — la persona beneficiaria está obligada a relacionarse con el Ayuntamiento por medios electrónicos conforme al artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común, y a recibir las notificaciones electrónicas mediante acceso a la sede electrónica municipal
Fuente oficial https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/913326Datos extraídos el 18 jun 2026 · verifica siempre la convocatoria vigente
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