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AYUNTAMIENTO DE EIVISSA

Acuerdo del día 15 de junio de 2026 de la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Ibiza que aprueba la convocatoria de subvenciones destinadas a las asociaciones de familias de los centros educativos del municipio de Eivissa 2026

Próximamente · pendiente de publicación oficial

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Descripción

Subvenciones en régimen de concurrencia competitiva destinadas a las asociaciones de familias de los centros educativos de infantil y primaria del municipio de Eivissa para financiar gastos de funcionamiento, asociación, formación y realización de actividades extraescolares y/o complementarias al proyecto educativo durante el curso 2025-2026 (del 1 de septiembre de 2025 al 30 de junio de 2026). La dotación máxima es de 3.000€ por asociación de familias de centros públicos y de 1.500€ para centros concertados, con un crédito total de 30.000€.

Requisitos

  • Ser asociación de familias de alumnado de centros educativos de infantil y primaria del municipio de Ibiza
  • Estar legalmente constituida e inscrita en el Registro correspondiente antes de la finalización del plazo de presentación de instancias
  • Participar en la convocatoria correspondiente
  • Cumplir los requisitos de la convocatoria y la normativa específica de aplicación
  • Hallarse al corriente de las obligaciones tributarias (AEAT, ATIB y Ayuntamiento de Eivissa) y con la Seguridad Social
  • Estar registrado como acreedor del Ayuntamiento de Eivissa para recibir el pago

Documentación necesaria

  • Instancia dirigida a la Concejalía de Educación del Ayuntamiento de Ibiza
  • Estatutos sociales de la entidad
  • Certificación actualizada de la inscripción de la asociación en el Registro del GOIB o documento análogo
  • CIF/NIF de la entidad
  • Documento del nombramiento del representante de la entidad
  • Documento de identidad en vigor del representante
  • Memoria justificativa de la actividad realizada (modelo M-312, anexo 1)
  • Certificado del secretario que acredite el número de socios a fecha de finalización del periodo subvencionable
  • Certificado del secretario/a de la entidad que acredite el número de personas asistentes a cada una de las actividades presentadas
  • Certificado del secretario/a de la entidad que acredite el número de niños NEE que han asistido a cada actividad
  • Certificaciones de estar al corriente de las obligaciones tributarias (AEAT, ATIB y Ayuntamiento) y de la Seguridad Social, en caso de no autorizar su consulta
  • Declaración responsable firmada por la presidencia y expedida por el secretario/a de la entidad (modelo M-313, anexo 2)
  • Relación clasificada de los gastos de la actividad con identificación del acreedor, documento, importe, fecha de emisión y, en su caso, fecha de pago (modelo M-314, anexo 3)
  • Facturas o documentos de valor probatorio equivalente originales o cotejadas
  • Modelo 111 o 115 en caso de facturas justificativas con retención de IRPF

Cómo solicitar

  1. 1Formalizar la solicitud mediante instancia dirigida a la Concejalía de Educación del Ayuntamiento de Ibiza
  2. 2Las personas jurídicas y demás obligados del art. 14.2 de la Ley 39/2015 deben presentar la solicitud exclusivamente a través de la sede electrónica municipal (https://eivissa.sedelectronica.es)
  3. 3Presentar la solicitud en el Registro General del Ayuntamiento o en los lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015
  4. 4Adjuntar toda la documentación acreditativa exigida en el artículo 9 de la convocatoria
  5. 5Autorizar (o denegar expresamente) al Ayuntamiento de Eivissa para obtener telemáticamente los certificados de estar al corriente con las obligaciones tributarias y la Seguridad Social
  6. 6Subsanar en el plazo de 10 días cualquier deficiencia o falta de documentación si el Ayuntamiento lo requiere
  7. 7Esperar la resolución en un plazo máximo de 6 meses desde la finalización del plazo de presentación

Dónde: Sede electrónica municipal del Ayuntamiento de Eivissa (https://eivissa.sedelectronica.es) para personas jurídicas y obligados; Registro General del Ayuntamiento de Eivissa o lugares previstos en el art. 16.4 de la Ley 39/2015 para el resto

Fuente oficial https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/913329Datos extraídos el 19 jun 2026 · verifica siempre la convocatoria vigente
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