CONVENIO AECC CUIDADOS PALIATIVOS ENFERMOS DE CÁNCER 2026
Próximamente · pendiente de publicación oficial
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Descripción
Sanidad
Requisitos
- No estar incurso en ninguna de las causas contempladas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones
- Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias
- Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones frente a la Seguridad Social
- Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Hacienda de la Comunidad de Madrid
- Otorgar consentimiento expreso para la consulta de obligaciones tributarias por la Administración concedente
- Ser la Junta Provincial de Madrid de la Asociación Española Contra el Cáncer (AECC), beneficiaria nominativa de la subvención
Documentación necesaria
- Relación de facturas o documentos equivalentes justificativos de los gastos derivados de las actividades realizadas
- Número de personas atendidas y de actividades realizadas
- Original de cada una de las facturas, ajustadas a la normativa legal y correspondientes al periodo subvencionable
- Nóminas del personal (firmadas por el receptor, con fecha y sello del empleador)
- Boletines de cotización a la Seguridad Social debidamente sellados o validados por la oficina recaudadora
- Documentos acreditativos del pago efectivo de los gastos realizados (justificantes bancarios de la salida de fondos)
- Informe justificativo de las actividades realizadas en desarrollo y ejecución del convenio, firmado por un representante legal de la entidad
- Relación detallada de otros ingresos o subvenciones que hayan financiado la actividad subvencionada, con indicación del importe y su procedencia
- Certificado que exprese el cumplimiento de los términos del convenio, emitido por la Dirección General Asistencial y visado por la Gerencia Asistencial de Atención Primaria, previo informe favorable de la comisión de seguimiento
Cómo solicitar
- 1La subvención se articula mediante concesión nominativa a través del presente convenio, conforme al artículo 22.2.a) de la Ley 38/2003
- 2Firma del convenio entre el Servicio Madrileño de Salud y la AECC como instrumento jurídico de la subvención de concesión directa
- 3El pago se realiza en tres plazos parciales durante el ejercicio 2026: tras el primer semestre, tras el tercer trimestre y antes del 31 de diciembre
- 4Previamente a cada pago, la Administración recaba de oficio las certificaciones de estar al corriente en obligaciones tributarias, con la Seguridad Social y con la Hacienda de la Comunidad de Madrid
- 5Se emite certificado de cumplimiento por la Dirección General Asistencial, visado por la Gerencia Asistencial de Atención Primaria, previo informe favorable de la comisión de seguimiento
- 6La AECC presenta la documentación justificativa a lo largo del mes siguiente al tercer trimestre y antes del 15 de diciembre de 2026 para el último trimestre
- 7La AECC presenta una memoria anual de actividades al Servicio Madrileño de Salud
- 8La AECC facilita cuanta información sea requerida por la Intervención General de la Comunidad de Madrid, el Tribunal de Cuentas u otros órganos competentes
Dónde: Servicio Madrileño de Salud (sede del órgano concedente; no se especifica sede electrónica concreta para la presentación)
Fuente oficial https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/913376Datos extraídos el 18 jun 2026 · verifica siempre la convocatoria vigente
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