CONVENIO SOBRE GASTOS SERVICIO SECRETARIA DEL COMITÉ MADRILEÑO TRANSPORTE
Próximamente · pendiente de publicación oficial
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Descripción
Subvenciones al transporte
Requisitos
- Ser el Comité Madrileño de Transporte por Carretera, beneficiario nominativo de la subvención
- Hallarse al corriente de las obligaciones con la Hacienda Pública y con la Seguridad Social (o tener concedido aplazamiento o moratoria)
- No tener deudas con la Comunidad de Madrid en periodo ejecutivo, o en su caso, estar legal y debidamente garantizadas
- No concurrir ninguna de las prohibiciones establecidas en la Ley 38/2003, General de Subvenciones
- Declarar las ayudas solicitadas u obtenidas tanto al iniciarse el expediente como en cualquier momento del procedimiento mediante declaración responsable del presidente del Comité
- Contratar a una persona externa con licenciatura en derecho para realizar las labores de secretaría y asesoramiento jurídico
Documentación necesaria
- Memoria de actividad referida al periodo correspondiente a cada trimestre
- Facturas relativas a los gastos en los que se haya incurrido con motivo de su funcionamiento
- Justificantes de pago de las facturas
- Certificados acreditativos de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Hacienda Pública y con la Seguridad Social (si no fuera posible su obtención directa)
- Declaración responsable del presidente del Comité sobre ayudas solicitadas u obtenidas
- Justificante de devolución de los fondos no utilizados (en la justificación del último trimestre, en su caso)
Cómo solicitar
- 1Se trata de una subvención nominativa prevista en los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para 2026, concedida de forma directa mediante convenio
- 2Comprobación previa por la Administración de que no existe ninguna prohibición para la firma según la Ley 38/2003
- 3Suscripción del convenio entre la Consejería de Vivienda, Transportes e Infraestructuras y el Comité Madrileño de Transporte por Carretera
- 4El Comité otorga consentimiento expreso para que la Dirección General de Transportes y Movilidad recabe directamente la información sobre el cumplimiento de obligaciones con Hacienda y Seguridad Social
- 5Abono de la subvención por cuartas partes trimestrales (los dos primeros trimestres al final del segundo trimestre; el tercero y cuarto al principio de cada uno)
- 6Justificación trimestral: los dos primeros trimestres en los primeros quince días de julio de 2026; los dos restantes en el plazo de quince días desde la finalización de cada trimestre
- 7En la justificación del último trimestre, devolución de los fondos no utilizados si procede
- 8Seguimiento a través de la Comisión de Seguimiento del Convenio
Dónde: Dirección General de Transportes y Movilidad de la Consejería de Vivienda, Transportes e Infraestructuras de la Comunidad de Madrid
Fuente oficial https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/913530Datos extraídos el 19 jun 2026 · verifica siempre la convocatoria vigente
Ir a la convocatoriaAyudalíza es una herramienta orientativa. No tramita ni gestiona ayudas, ni sustituye a la información oficial.