Convenio entre ASPRONAGA y el Ayuntamiento de A Coruña para financiar un servicio de respiro familiar, con acciones de ocio y de formación en hábitos de autonomía y habilidades sociales
ImporteHasta 26.000 €
Plazo de solicitudHasta 16 jun 2026
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Descripción
Servicios Sociales y Promoción Social
Requisitos
- Ser una entidad sin ánimo de lucro con personalidad jurídica y capacidad de obrar
- Tener como finalidad la prestación de servicios sociales a personas con discapacidad intelectual y a sus familias
- Estar al corriente de las licencias y autorizaciones de organismos competentes en materia de sanidad, trabajo, educación, hacienda u otras necesarias para el desarrollo de la actividad
- Cumplir con los requisitos establecidos en la Ley 38/2003 General de Subvenciones y en la Ordenanza municipal de bases reguladoras
- Que el personal dedicado a actividades con contacto habitual con menores cumpla con el artículo 13.5 de la Ley Orgánica 1/1996, mediante firma de declaración responsable
- Cumplir con la normativa de igualdad efectiva entre mujeres y hombres (LO 3/2007, Ley 11/2007, Ley 2/2014, Ley 7/2023)
- Cumplir con la representación paritaria y presencia equilibrada de mujeres y hombres según la Ley Orgánica 2/2024
- Cumplir con la Ordenanza municipal reguladora del uso de la lengua gallega, utilizando el gallego en toda la comunicación y producción escrita y oral de la actividad subvencionada
- Cumplir las disposiciones vigentes en materia de pago de salarios, tipos de contratos, cuotas de la Seguridad Social y mutualismo laboral
- No superar el coste total de la actividad con la suma de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos
- No tener relación de dependencia con el Ayuntamiento de A Coruña
Documentación necesaria
- Memoria descriptiva de la actividad y finalidad a desarrollar
- Documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos exigidos por la LGS y la Ordenanza municipal
- Estatutos de la entidad vigentes
- Declaración responsable del personal en contacto con menores (artículo 13.5 LO 1/1996)
- Relación detallada del personal de estructura o perteneciente a la entidad beneficiaria (composición, categoría, intensidad, dedicación)
- Justificantes de gastos (facturas y documentos acreditativos)
- Justificantes de pago efectivos
- Memoria justificativa final con desglose por sexo de las personas beneficiarias y trabajadoras
- Evidencias de la dedicación efectiva del personal al proyecto subvencionado
- Documentación de las actividades formativas en línea o telemáticas (fechas, participantes, formato digital)
- Comunicación escrita de cualquier modificación sustancial del proyecto con al menos dos meses de antelación
- Comunicación de la obtención de otras subvenciones, ayudas o ingresos para la misma finalidad
Cómo solicitar
- 1La entidad beneficiaria presenta por registro la documentación necesaria para la suscripción del convenio (presentación el 5/05/2026 en este caso)
- 2El servicio gestor municipal revisa la documentación y los documentos acreditativos del cumplimiento de los requisitos de la LGS y la Ordenanza municipal
- 3La concejala delegada del Área de Bienestar Social, Participación e Igualdad, por delegación de la Junta de Gobierno Local, autoriza el gasto mediante resolución
- 4Se suscribe el correspondiente convenio de colaboración entre el Ayuntamiento y la entidad
- 5La entidad ejecuta la actividad subvencionada entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2026
- 6La entidad presenta la documentación justificativa en los plazos y términos establecidos en la cláusula novena del convenio
- 7El Ayuntamiento realiza las actuaciones de verificación económica y técnica, así como el control financiero correspondiente
Dónde: Registro electrónico de la sede electrónica del Ayuntamiento de A Coruña, o a través de los registros electrónicos previstos en el artículo 16.4.a) de la Ley 39/2015 (LPACAP)
Fuente oficial https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/913546Datos extraídos el 19 jun 2026 · verifica siempre la convocatoria vigente
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