SUBVENCIÓN NOMINATIVA CONVENIO CON LA FEDERACIÓN DE AFAMO-ASOC.FAMILIARES ENFERMOS ALZEIMER. PROYECTO “VIVIR MEJOR CON ALZHEIMER: INTERVENCIÓN Y ATENCIÓN INTEGRAL PARA EL MANTENIMIENTO DE LA AUTONOMÍA Y LAS CAPACIDADES PARA LA MEJORA DE LA CALIDAD DE VI”.
ImporteHasta 13.228 €
Plazo de solicitudHasta 2 jun 2026
Estadocerrada
Análisis con IA para tu perfil
Mira un breve anuncio y la IA evaluará tu compatibilidad con esta ayuda (nivel, puntuación y explicación) — o evita los anuncios con Premium.
Descripción
Servicios Sociales y Promoción Social
Requisitos
- Ser una entidad sin ánimo de lucro, de naturaleza asociativa, constituida al amparo del artículo 22 de la Constitución Española, la Ley Orgánica 1/2002 reguladora del Derecho de Asociación y la Ley 4/2006 de Asociaciones de Andalucía
- Estar inscrita en el Registro de Asociaciones de Andalucía (en este caso, inscripción nº 4175 de la Sección 1, con estatutos modificados según resolución de 22 de junio de 2011)
- Tener personalidad jurídica y plena capacidad de obrar
- Tener entre sus fines la atención a personas con Alzheimer y apoyo a sus familiares (fomentar la investigación, informar y asesorar a familiares, promover la asistencia integral, sensibilizar a la opinión pública)
- Estar al corriente de las obligaciones con la Corporación Provincial, la Agencia Tributaria y la Seguridad Social
- No estar incursa en ninguna de las prohibiciones previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones
- Comunicar otras ayudas obtenidas o solicitadas para la misma actividad (art. 14.1.d de la LGS)
- Que el objeto de la subvención sea complementario a los servicios y programaciones del Organismo Autónomo y que por razones de necesidad y urgencia impidan su convocatoria en régimen de concurrencia competitiva
- Ser entidad beneficiaria nominativamente prevista en el Presupuesto del Organismo Autónomo para 2026
Documentación necesaria
- Cuenta justificativa simplificada con el contenido previsto en el artículo 75 del Reglamento de la LGS (o artículo 72 en su caso)
- Anexo Económico con desglose detallado de gastos e ingresos del proyecto
- Justificantes de gastos efectivamente realizados y pagados con anterioridad a la finalización del plazo de justificación
- Tres ofertas de diferentes proveedores cuando el importe del gasto supere las cuantías del contrato menor previstas en la legislación de Contratos del Sector Público
- Memoria justificativa de la elección entre ofertas cuando no recaiga en la propuesta económica más ventajosa
- Acreditación de estar al corriente de las obligaciones tributarias, con la Seguridad Social y con la Corporación Provincial
- Certificado de no tener deudas por reintegro de subvenciones (o que las mismas estén aplazadas, fraccionadas o suspendidas)
- Documentación acreditativa de la personalidad jurídica y capacidad de obrar de la entidad (inscripción registral)
- Memoria de actuaciones y materiales de publicidad del carácter público de la financiación
Cómo solicitar
- 1La subvención se otorga de forma directa y nominativa (no en régimen de concurrencia competitiva), prevista en el Presupuesto 2026 del Instituto Provincial de Bienestar Social
- 2Aprobación mediante Decreto de la Presidenta del IPBS (en este caso, Resolución nº 2026/00001244 de 08-06-2026, expediente GEX 2026/3735)
- 3Suscripción del Convenio de Colaboración entre el IPBS de Córdoba y AFAMO-ASOC.FAMILIARES ENFERMOS ALZEIMER
- 4Pago de la subvención por importe de 10.578,40 € a la firma del convenio, previa acreditación por la entidad beneficiaria de estar al corriente de sus obligaciones con la Corporación
- 5En caso de que el objeto del convenio se haya realizado con anterioridad, el pago se efectúa previa justificación del gasto y cumplimiento de los requisitos administrativos
- 6Justificación de la subvención mediante cuenta justificativa simplificada en el plazo máximo de tres meses desde la firma del convenio o desde la finalización de la temporalidad del proyecto
- 7Remisión de información a la Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS) sobre la resolución de concesión conforme a los artículos 18.2 y 20.8.b) de la Ley 38/2003
- 8Publicación en el Portal de Transparencia del IPBS de la información relativa a las partes firmantes, objeto, duración, modificaciones, obligados y obligaciones económicas
Dónde: Instituto Provincial de Bienestar Social de Córdoba - Sede Social: C/. Buen Pastor, 12 - 14003 Córdoba (sede electrónica: http://www.ipbscordoba.es)
Fuente oficial https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/913547Datos extraídos el 19 jun 2026 · verifica siempre la convocatoria vigente
Ir a la convocatoriaAyudalíza es una herramienta orientativa. No tramita ni gestiona ayudas, ni sustituye a la información oficial.