Ayudalíza
AYUNTAMIENTO DE CORUÑA, A

Convenio entre Centro Ocupacional Pascual Veiga y el Ayuntamiento de A Coruña para financiar el programa "Muévete Pascual"

ImporteHasta 11.000 €
Plazo de solicitudHasta 16 jun 2026
Estadocerrada

Análisis con IA para tu perfil

Mira un breve anuncio y la IA evaluará tu compatibilidad con esta ayuda (nivel, puntuación y explicación) — o evita los anuncios con Premium.

o hazte Premium · 1,50€/mes

Descripción

Servicios Sociales y Promoción Social

Requisitos

  • Ser la entidad beneficiaria nominativa Centro Ocupacional Pascual Veiga (CIF G15172778)
  • Ser una entidad sin ánimo de lucro cuyo objeto sea la atención a personas con discapacidad
  • Estar al corriente de las licencias y autorizaciones de organismos competentes en materia de sanidad, trabajo, educación, hacienda u otras necesarias para el desarrollo de la actividad
  • Cumplir con las obligaciones de igualdad entre mujeres y hombres conforme a la Ley Orgánica 3/2007, normativa gallega de igualdad y la Ordenanza municipal de igualdad
  • Garantizar que todo el personal en contacto habitual con menores cumple con el artículo 13.5 de la Ley Orgánica 1/1996, de protección jurídica del menor, mediante declaración responsable
  • Cumplir la Ordenanza municipal reguladora del uso de la lengua gallega: comunicación y producción escrita y oral en lengua gallega
  • Observar la representación paritaria y presencia equilibrada de mujeres y hombres (Ley Orgánica 2/2024)
  • Estar al corriente del cumplimiento de obligaciones tributarias y con la Seguridad Social
  • No tener relación de dependencia con el Ayuntamiento de A Coruña
  • Comunicar al Ayuntamiento la obtención de otras subvenciones, ayudas o ingresos para la misma finalidad en un plazo máximo de un mes
  • Someterse a las actuaciones de verificación económica y técnica del Ayuntamiento, Intervención General Municipal, Consejo de Cuentas de Galicia y Tribunal de Cuentas

Documentación necesaria

  • Memoria del proyecto/programa a financiar (aportada por la entidad con fecha 06/05/2026 como anexo al convenio)
  • Documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos exigidos por la LGS y la Ordenanza municipal
  • Estatutos de la entidad y acta de nombramiento de la presidencia
  • Declaración responsable de que el personal en contacto con menores cumple el artículo 13.5 de la Ley Orgánica 1/1996 (incluida en el formulario de solicitud)
  • Memoria justificativa con desglose por sexo de las personas beneficiarias y trabajadoras
  • Justificantes de gasto emitidos entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2026 (o en los dos meses siguientes a la finalización)
  • Justificantes acreditativos del pago efectivo antes de la fecha de finalización del plazo de justificación
  • Relación del personal de estructura de la entidad con composición, categoría, intensidad y dedicación, previamente evaluada por el servicio gestor municipal
  • Comunicación escrita y motivada de cualquier modificación del proyecto (con al menos dos meses de antelación)
  • Documentación acreditativa de otras subvenciones o ayudas obtenidas para la misma finalidad

Cómo solicitar

  1. 1Iniciación del procedimiento de oficio o a petición de la entidad interesada
  2. 2Presentación por registro, por parte de la entidad, de la documentación necesaria para la suscripción del convenio (fecha de presentación: 06/05/2026)
  3. 3Revisión por el servicio gestor municipal de la documentación y de los requisitos exigidos por la LGS y la Ordenanza municipal
  4. 4Resolución de la concejala delegada del Área de Bienestar Social, Participación e Igualdad (por delegación de la Junta de Gobierno Local) autorizando el gasto y suscribiendo el convenio
  5. 5Suscripción del convenio de colaboración entre el Ayuntamiento y la entidad
  6. 6Ejecución del Programa 'Muévete Pascual' entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2026
  7. 7Presentación de la documentación justificativa en el plazo establecido en la cláusula novena del convenio
  8. 8Verificación y comprobación administrativa de la justificación por el servicio gestor municipal
  9. 9En su caso, solicitud de reintegro si se detecta exceso de financiación o incumplimiento

Dónde: Sede electrónica del Ayuntamiento de A Coruña (registro electrónico) o a través de los registros electrónicos previstos en el artículo 16.4.a) de la Ley 39/2015 (LPACAP)

Fuente oficial https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/913549Datos extraídos el 19 jun 2026 · verifica siempre la convocatoria vigente
Ir a la convocatoria

Ayudalíza es una herramienta orientativa. No tramita ni gestiona ayudas, ni sustituye a la información oficial.