Ayudalíza
DEPARTAMENTO DE PRESIDENCIA E IGUALDAD

Subvención directa a NAPAR, Asociación de Empresas de Producción Cinematográfica y Audiovisual de Navarra

Próximamente · pendiente de publicación oficial

Importe26000.00–23.000 €
Plazo de solicitudHasta 31 dic 2026
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Descripción

Cultura

Requisitos

  • Ser la Asociación de Empresas de Producción Cinematográfica y Audiovisual de Navarra (NAPAR), con NIF G71057657, beneficiaria prevista nominativamente en los Presupuestos Generales de Navarra de 2025
  • Ejecutar el proyecto 'Actividades para el fortalecimiento del sector audiovisual navarro'
  • Aportar el personal necesario e idóneo para asegurar la realización de los proyectos
  • Aportar los medios o recursos materiales y económicos necesarios para el adecuado desarrollo de las actividades
  • Comunicar por escrito cualquier modificación que se pretenda llevar a cabo respecto del proyecto presentado
  • Reintegrar total o parcialmente el importe de la ayuda en los casos previstos en los artículos 35 y 37 de la Ley Foral 11/2005
  • Mencionar la ayuda recibida haciendo constar en los soportes de divulgación el logotipo del Gobierno de Navarra con la leyenda 'colabora'
  • Permitir las actuaciones de comprobación y control técnico del Servicio de Comunicación y de cualquier otro órgano fiscalizador
  • Disponer de los libros contables, registros diligenciados y demás documentos exigidos por la normativa aplicable
  • Conservar los documentos justificativos de la aplicación de los fondos recibidos
  • Cumplir con las obligaciones de transparencia recogidas en el Decreto Foral 59/2013, de 11 de septiembre
  • Cumplir con el resto de obligaciones recogidas en la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones
  • Estar al corriente de las obligaciones en materia de transparencia previamente al abono de cualquier cantidad

Documentación necesaria

  • Informe descriptivo del programa objeto de subvención indicando su coste final, relación de gastos e ingresos asociados, variaciones respecto al presupuesto inicial y causas que las han motivado
  • Copias de las facturas de los gastos realizados, identificadas por actividades y numeradas
  • Documentación acreditativa del pago de las facturas
  • Listado por conceptos de gasto de las facturas presentadas con indicación de su coste (con o sin IVA) y fecha de pago
  • En caso de IVA soportado susceptible de ser subvencionado, certificado acreditativo de estar exento de tributación por este impuesto emitido por órgano competente
  • Declaración jurada de los ingresos recibidos y/o percibidos, con detalle de los mismos, incluyendo las aportaciones económicas realizadas por otras entidades públicas o privadas
  • Cumplimiento de las obligaciones de transparencia establecidas en el Decreto Foral 59/2013

Cómo solicitar

  1. 1Al tratarse de una subvención nominativa de concesión directa prevista en los Presupuestos Generales de Navarra de 2025, no existe un procedimiento de solicitud abierto al público
  2. 2La entidad beneficiaria (NAPAR) presentó el proyecto 'Actividades Fortalecimiento Sector Audiovisual Navarro' con fecha 7 de mayo a través del Registro General Electrónico, incluyendo memoria descriptiva y económica
  3. 3El Director General de Comunicación y Proyección Institucional autoriza el gasto y aprueba las bases reguladoras mediante Resolución 28E/2025, de 16 de mayo
  4. 4Se firma el Convenio entre el Director del Servicio de Comunicación y el representante de NAPAR
  5. 5En el plazo máximo de 30 días desde la firma del Convenio, la Dirección General de Comunicación y Proyección Institucional dicta Resolución para el abono anticipado de la subvención (26.000 euros)
  6. 6Cualquier modificación en las actividades programadas o variaciones superiores al 50% en gastos subvencionables debe comunicarse por escrito al Servicio de Comunicación a través del Registro General Electrónico del Gobierno de Navarra
  7. 7Antes del 31 de enero de 2026, la entidad beneficiaria debe presentar la documentación justificativa de las actividades realizadas
  8. 8Contra la Resolución cabe interponer recurso de alzada ante el Consejero de Presidencia e Igualdad en el plazo de un mes desde su notificación

Dónde: Registro General Electrónico del Gobierno de Navarra (https://administracionelectronica.navarra.es)

Fuente oficial https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/913551Datos extraídos el 19 jun 2026 · verifica siempre la convocatoria vigente
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