CONVOCATORIA PARA LA CONCESION DE SUBVENCIONES EN MATERIA DE CULTURA AÑO 2026
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Descripción
Subvenciones en régimen de concurrencia competitiva para asociaciones sin ánimo de lucro de Ateca que organicen actividades culturales (música, teatro, folklore, eventos, etc.). La cuantía total máxima es de 7.782 €, con un importe máximo por beneficiario de 1.500 € (hasta el 75% del presupuesto de la actividad).
Requisitos
- Ser asociación sin ánimo de lucro
- Estar legalmente constituida
- Estar debidamente registrada en el correspondiente Registro de la Comunidad Autónoma de Aragón
- Tener la sede social en el municipio de Ateca
- No concurrir ninguna de las circunstancias que impidan obtener la condición de beneficiario conforme al artículo 13 de la Ley General de Subvenciones
- Hallarse al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social
Documentación necesaria
- Documentos que acrediten la personalidad del solicitante y la representación (copia de Escritura de constitución o modificación, Acta fundacional y Estatutos, copia del NIF)
- Declaración responsable de no concurrir circunstancias que impidan obtener la condición de beneficiario (Anexo II)
- Programa detallado de las actividades a realizar
- Presupuesto total desglosado con coste de actividades y fuentes de financiación
- Para adquisición de material: presupuesto detallado de las casas suministradoras
- Instancia solicitando el pago con número de cuenta y teléfono de contacto
- Memoria detallada de la realización del proyecto
- Facturas originales por el importe subvencionado y facturas justificativas del resto de la actividad
- Certificados de estar al corriente con obligaciones tributarias, Seguridad Social y administración local
- Justificante bancario de pago de las facturas (no se admiten pagos en efectivo)
- Declaración responsable de cumplimiento de la finalidad de la subvención y relación de gastos
- Declaración responsable de aportación de fondos propios
Cómo solicitar
- 1Rellenar el modelo de solicitud del Anexo I de la convocatoria
- 2Preparar la documentación requerida
- 3Presentar la solicitud dirigida a la Alcaldía en el Registro de entrada del Ayuntamiento de Ateca o por cualquiera de los medios del artículo 16.4 de la Ley 39/2015
- 4Subsanar en plazo de 10 días si la solicitud no reúne los requisitos
- 5Esperar la propuesta de resolución provisional y la resolución definitiva en plazo de 15 días
- 6Justificar la subvención antes del 31 de marzo de 2027 presentando la documentación justificativa
Dónde: Registro de entrada del Ayuntamiento de Ateca (Plaza de España, 5 bajo, 50200 Ateca, Zaragoza) o por los medios del artículo 16.4 de la Ley 39/2015. Sede electrónica: http://ateca.sedelectronica.es
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