BASES DE LA CONVOCATORIA DE AYUDAS INDIVIDUALES PARA EL USO DEL SERVICIO DE TAXI COMO MEDIO ALTERNATIVO PARA LAS PERSONAS CON DIFICULTADES DE MOVILIDAD O QUE PRESENTAN LIMITACIONES PARA EL USO DEL TRANSPORTE COLECTIVO DEL AYUNTAMIENTO DE SANTIAGO 2026
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Descripción
Ayudas económicas individuales del Ayuntamiento de Santiago de Compostela destinadas a personas empadronadas con discapacidad, enfermedad, tratamiento médico periódico o edad avanzada que tengan dificultades para usar el transporte público, financiando el uso del servicio de taxi. La cuantía individual es de pago único, oscilando entre 150 € y 350 € según el nivel de ingresos respecto al IPREM, con un presupuesto total máximo de 15.000 €.
Requisitos
- Estar empadronada y ser residente en el término municipal de Santiago de Compostela y permanecer de alta en el Padrón Municipal mientras perciba la ayuda
- Encontrarse en alguno de los supuestos: discapacidad reconocida ≥33% con movilidad reducida que impida el transporte público colectivo; discapacidad visual con limitación ≥75%; tratamiento periódico hospitalario que dificulte la conducción o el transporte público; discapacidad ≥33% con residencia en entorno rural; enfermedad que impida la conducción y residencia en entorno rural; o edad ≥65 años con residencia en entorno rural
- No disponer de ingresos personales superiores al 300% del IPREM anual vigente
- Carecer de vehículo adaptado (salvo causas justificadas)
- No ser beneficiaria del Transporte Adaptado 065 de la Xunta de Galicia para la misma finalidad, salvo indisponibilidad acreditada
- Estar al corriente de las obligaciones tributarias con la AEAT, ATRIGA, Ayuntamiento de Santiago de Compostela y la Seguridad Social durante todo el período subvencionable
- No estar incursa en ninguna de las prohibiciones de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia
Documentación necesaria
- Documento de identidad de la persona solicitante y, en su caso, del representante legal, así como documentación acreditativa de la representación (libro de familia o resolución judicial)
- Certificado oficial o tarjeta acreditativa del grado de discapacidad emitidos por el Equipo de Valoración y Orientación (EVO) de la Consellería de Política Social de la Xunta de Galicia, si se opta por discapacidad
- Informe médico acreditativo del impedimento de conducir por enfermedad, para residentes en entorno rural
- Informe médico acreditativo de la dificultad para conducir o usar transporte público por tratamiento hospitalario periódico
- Certificado de empadronamiento y convivencia (no necesario si se autoriza su consulta al Ayuntamiento)
- Justificación de ingresos económicos mediante declaración del IRPF del último ejercicio (no necesaria si se autoriza consulta a la AEAT)
- Certificado bancario con el código IBAN de la cuenta donde se abonará la ayuda
- Cualquier otra documentación complementaria que pueda requerir el Área de Políticas Sociocomunitarias
Cómo solicitar
- 1Obtener el Modelo normalizado CS006BS 'Ayudas individuales servicio de taxi adaptado', disponible en la Concejalía de Derechos Sociales, en los puntos de atención de Servicios Sociales municipales y en la web www.santiagodecompostela.gal
- 2Cumplimentar la solicitud y reunir la documentación acreditativa de los requisitos (base 4)
- 3Presentar la solicitud preferentemente por vía electrónica a través de la sede electrónica municipal (sede.santiagodecompostela.gal) o mediante el Registro Electrónico General (https://reg.redsara.es/), dentro del plazo de 10 días hábiles desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia
- 4Alternativamente, presentar en soporte papel en la oficina de asistencia en materia de registros del Ayuntamiento o en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015
- 5Subsanar, en su caso, las deficiencias o aportar los documentos preceptivos en el plazo de 10 días naturales desde la publicación del requerimiento en el tablón de edictos y la web municipal
- 6Consultar la resolución provisional publicada en el tablón de edictos y en la web municipal, disponiendo de 10 días hábiles para presentar alegaciones
- 7Esperar la resolución definitiva de la Xunta de Gobierno Local, que pone fin a la vía administrativa
Dónde: Sede electrónica del Ayuntamiento de Santiago de Compostela (sede.santiagodecompostela.gal), Registro Electrónico General (https://reg.redsara.es/), oficina de asistencia en materia de registros del Ayuntamiento o cualquiera de los lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015
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