Ayudalíza
DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE SEVILLA

BASES Y CONVOCATORIA POR LAS QUE SE REGULA LA AYUDA FINANCIERA A LOS MUNICIPIOS DE LA PROVINCIA DE SEVILLA PARA LA GESTIÓN, PROMOCIÓN, CONSTRUCCIÓN Y VENTA DE VIVIENDA PÚBLICA EN RÉGIMEN DE VENTA.(AFIVI 2026)

Próximamente · pendiente de publicación oficial

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Plazo de solicitudHasta 9 oct 2026
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Descripción

Anticipos financieros sin intereses destinados a los municipios de la provincia de Sevilla para facilitar la construcción y venta de vivienda pública protegida, articulados en dos líneas: Línea 1 (hasta 1.000.000 €) para gastos previos a la licencia de obra y Línea 2 (hasta 5.000.000 €) para gastos de construcción, gestión, promoción y comercialización, con un máximo total por municipio de 5.000.000 € y un fondo global de 20.000.000 €.

Requisitos

  • Ser municipio de la provincia de Sevilla con población inferior a 200.000 habitantes
  • Tener delegadas en el OPAEF todas o parte de sus facultades de gestión tributaria y/o de recaudación
  • Tener aprobada la liquidación del ejercicio inmediato anterior con ahorro neto positivo
  • Aprobación definitiva del Presupuesto del ejercicio 2026
  • Volumen total del capital vivo no superior al 75% de los ingresos corrientes liquidados (o no superar el 110% con autorización de la Comunidad Autónoma)
  • Cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria
  • No encontrarse afectado por ninguna prohibición de crédito a largo plazo previstas en la base (operaciones vigentes del mecanismo de pago a proveedores, RD Ley 8/2013, Fondo de Ordenación, incumplimiento de planes de saneamiento o de ajuste)
  • Cumplir con la obligación de suministro de información en materia de endeudamiento
  • Contar con créditos adecuados para la ejecución del programa de trabajo
  • Disponer de un Plan Municipal de Vivienda y Suelo vigente
  • Tener aprobado el Registro Municipal de Demandantes de Vivienda Protegida
  • Ser titular el municipio o sus entidades dependientes de los solares calificados y urbanizados
  • Hallarse al corriente de obligaciones tributarias, con la Seguridad Social y de reintegro con la Diputación de Sevilla
  • Disponer de capacidad de financiación para la aportación del coste no cubierto por la ayuda
  • Acreditar la viabilidad urbanística del proyecto (solo Línea 2)
  • Acreditar la viabilidad económico-financiera del proyecto (solo Línea 2)

Documentación necesaria

  • Certificado del Acuerdo de Pleno u órgano competente de adhesión a la convocatoria, con denominación del proyecto, cantidad solicitada, aprobación, compromiso de devolución y declaración de existencia de créditos adecuados
  • Autorización a la Diputación para consultar el cumplimiento de obligaciones tributarias con la AEAT, Seguridad Social y reintegro con la Diputación
  • Certificado del Interventor o Secretario de aprobación de la Liquidación del ejercicio 2025 con Ahorro Neto positivo
  • Certificado del Interventor o Secretario de aprobación definitiva del Presupuesto del ejercicio 2026
  • Certificado del Interventor del volumen total del capital vivo, incluida la operación solicitada
  • Autorización del órgano de tutela financiera, en su caso
  • Certificado del Interventor sobre cumplimiento del objetivo de estabilidad presupuestaria o autorización de la Comunidad Autónoma
  • Certificado del Interventor o Secretario de no estar afectado por prohibiciones de crédito a largo plazo
  • Certificado de cumplimiento de la obligación de suministro de información en materia de endeudamiento
  • Certificado del Secretario de disponer de un Plan Municipal de Vivienda y Suelo vigente
  • Certificado del Secretario de aprobación del Registro Municipal de Demandantes de Vivienda Protegida
  • Certificado del Secretario del ayuntamiento o de la entidad dependiente de disponer de suelos de titularidad, calificados y urbanizados, adscritos a la promoción
  • Memoria justificativa y presupuesto detallado del proyecto firmado por técnico competente, con acreditación de viabilidad económico-financiera (solo Línea 2)
  • Certificado del Secretario de viabilidad urbanística del proyecto (solo Línea 2)

Cómo solicitar

  1. 1Acordar en Pleno u órgano competente la adhesión a la convocatoria, aprobando denominación del proyecto, cantidad solicitada y compromiso de devolución
  2. 2Recopilar la documentación general y específica exigida en el artículo 6 de las bases
  3. 3Cumplimentar la solicitud conforme a los formularios disponibles en el portal de la Diputación de Sevilla
  4. 4Presentar la solicitud en el Registro Electrónico de la Diputación de Sevilla, dirigida al Área de Hacienda, Tesorería, conforme a los artículos 14.2 y 16.4.a) de la Ley 39/2015
  5. 5Si estuviera disponible, utilizar el procedimiento electrónico específico habilitado en el acceso restringido del portal web de la Diputación
  6. 6Subsanar, en su caso, la documentación durante el plazo de subsanación previsto en el artículo 10
  7. 7Esperar la valoración de la Comisión de Valoración y la resolución de concesión
  8. 8Ejecutar el programa de trabajo y, en su caso, encargar la ejecución a entidades dependientes
  9. 9Justificar la ayuda conforme al artículo 16 y reintegrar las cantidades en los plazos establecidos (al vender las viviendas, a los 18 meses sin iniciar las obras, a los 12 meses de la primera ocupación, o a los 60 meses desde el pago)

Dónde: Registro Electrónico de la Diputación Provincial de Sevilla, dirigido al Área de Hacienda, Tesorería (o procedimiento electrónico específico habilitado en el acceso restringido del portal web de la Diputación)

Fuente oficial https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/913398Datos extraídos el 19 jun 2026 · verifica siempre la convocatoria vigente
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