Convenio con Organismo Autónomo Residencia Andra Mari de Lesaka
ImporteHasta 4000 €
Plazo de solicitudHasta 30 nov 2026
Estadoabierta
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Descripción
Otras Prestaciones económicas
Requisitos
- Ser el Organismo Autónomo Residencia Andra Mari de Lesaka (NIF: P3115301H), beneficiario nominativo previsto en la Ley Foral 16/2025, de 22 de diciembre, de Presupuestos Generales de Navarra para 2026
- Subvención concedida de forma directa al amparo del artículo 17.2.a) de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones
- Los gastos subvencionables deberán estar generados, facturados y abonados entre el 1 de enero de 2026 y el 31 de diciembre de 2026
- Los gastos deben estar vinculados a la implantación y ejecución del plan lingüístico en la Residencia Andra Mari de Lesaka
Documentación necesaria
- Memoria final del proyecto, que incluya la valoración del cumplimiento de los objetivos previstos (a presentar antes del 30 de noviembre de 2026)
- Relación nominal y nóminas de las personas trabajadoras imputadas a la subvención, con indicación del porcentaje de imputación de jornada
- Justificantes de cotización a la Seguridad Social del personal
- Justificantes de pago de las nóminas, de la Seguridad Social y de las retenciones por IRPF
- Facturas u otros documentos con valor probatorio equivalente y documento acreditativo de su pago, para gastos directos distintos de personal
- Relación numerada de gastos (tanto de personal como directos) con indicación de importe y fecha de pago
- Facturas y justificantes numerados de forma correlativa y en el mismo orden que la relación de gastos, con IVA o impuestos desglosados
- Para gastos realizados con posterioridad al 16 de noviembre de 2026, justificación a presentar antes del 28 de febrero de 2027
Cómo solicitar
- 1Se trata de una subvención de concesión directa nominativa, por lo que no hay convocatoria pública de solicitudes
- 2La subvención se concede mediante Orden Foral tras la firma del Convenio entre Euskarabidea-Instituto Navarro del Euskera y la Residencia Andra Mari
- 3Una vez realizadas las actividades, la Residencia Andra Mari presenta la documentación justificativa a través del Registro General Electrónico del Gobierno de Navarra
- 4La documentación se dirige a Euskarabidea-Instituto Navarro del Euskera, Sección de Promoción del Euskera
- 5Plazo de justificación: hasta el 30 de noviembre de 2026 (o hasta el 28 de febrero de 2027 para gastos posteriores al 16 de noviembre de 2026)
Dónde: Registro General Electrónico del Gobierno de Navarra, dirigido a Euskarabidea-Instituto Navarro del Euskera, Sección de Promoción del Euskera (C/ Paulino Caballero, 13, 31002 Pamplona/Iruña; correo: sustapena@navarra.es; Tel.: 848 423224)
Fuente oficial https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/913629Datos extraídos el 19 jun 2026 · verifica siempre la convocatoria vigente
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