CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES EN REGIMEN DE CONCURRENCIA NO COMPETITIVA PARA EL COMERCIO Y HOSTELERIA CALAHORRA 2026
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Descripción
Subvenciones destinadas a compensar parcialmente (30%) los gastos corrientes de pequeños establecimientos comerciales y de hostelería del municipio de Calahorra (suministros energéticos, telecomunicaciones, arrendamientos, cuotas de autónomos, servicios profesionales y seguros), con un límite máximo de 450 € para el sector de alimentación y de 200 € para el resto.
Requisitos
- Ser persona física o jurídica (autónomo o microempresa) titular de un establecimiento comercial o de hostelería en Calahorra
- Tener el domicilio de la actividad en Calahorra
- Antigüedad mínima de 12 meses de alta en la actividad económica
- Estar desarrollando la actividad en el momento de la concesión
- Actividad encuadrada en CNAE 2009 Sección G, División 47 (Comercio al por menor) o Sección I, División 56 (Servicios de comidas y bebidas)
- Estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social
- No estar incurso en las prohibiciones del artículo 13 de la Ley General de Subvenciones
Documentación necesaria
- Certificado de situación censal actualizado emitido por la Agencia Estatal de Administración Tributaria, acreditativo de la actividad económica, domicilio, fecha de alta y CNAE
- Declaración responsable del cumplimiento de los requisitos establecidos en la convocatoria
- Ficha de terceros, en caso de no obrar en poder del Ayuntamiento
- Cuenta justificativa conforme al ANEXO II
- Declaración de ayudas minimis recibidas en los tres últimos años
- Relación clasificada de los gastos subvencionables con identificación del proveedor, número de factura, concepto, importe, fecha de emisión y fecha de pago
- Facturas o documentos de valor probatorio equivalente en el tráfico mercantil
- Justificantes acreditativos del pago de los gastos subvencionados
- Declaración responsable de otras ayudas o subvenciones obtenidas para la misma finalidad, incluidas las ayudas de minimis
Cómo solicitar
- 1Presentar la solicitud conforme al modelo normalizado, acompañada de la documentación exigida, en el plazo de un mes desde el día siguiente a la publicación en el Boletín Oficial de La Rioja
- 2En caso de defectos o falta de documentación, el solicitante dispone de un plazo de diez días para subsanar la falta o aportar los documentos preceptivos
- 3Las solicitudes se tramitarán por riguroso orden de entrada una vez completas o subsanadas
- 4El órgano instructor (Técnico de Desarrollo Local) emitirá informe técnico sobre el cumplimiento de requisitos y propuesta de adjudicación
- 5El órgano competente dictará resolución de concesión en el plazo máximo de tres meses desde la finalización del plazo de presentación de solicitudes
- 6La resolución se notificará a los interesados conforme a los artículos 40 y siguientes de la Ley 39/2015; se entenderá aceptada tácitamente salvo renuncia expresa
- 7El pago se realizará en un único abono tras la comprobación de la documentación justificativa
Dónde: Sede electrónica del Ayuntamiento de Calahorra (no se especifica en el texto de la convocatoria)
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