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EJÉRCITO DE TIERRA

Resolución de fecha 17 de junio de 2026 del Mando de Personal del Ejército de Tierra, por la se convocan subvenciones de ayudas de acción social para Entidades sin ánimo de lucro relacionadas con el Ejército de Tierra para el año 2026.

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Descripción

Subvenciones destinadas a asociaciones, fundaciones, instituciones y organismos sin ánimo de lucro relacionados con el Ejército de Tierra para apoyar al personal militar retirado, cónyuges viudos y huérfanos en situación de discapacidad, gran necesidad o bajos ingresos. El crédito total es de 207.450 euros (ampliable hasta 307.450 euros), abonándose en un solo pago mediante transferencia bancaria.

Requisitos

  • Tener personalidad jurídica y capacidad civil con arreglo a la legislación vigente
  • No discriminación en la admisión de socios ni en la concesión de ayudas por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra circunstancia personal o social
  • Estar relacionadas en sus estatutos, fines y objetivos con los miembros de las Fuerzas Armadas en general o del Ejército de Tierra en particular
  • Figurar entre sus asociados personal definido en las letras b), c) y d) del artículo 4.1 de la Orden DEF/1459/2015 (excepto fundaciones)
  • Tener ámbito nacional
  • No estar incurso en las circunstancias previstas en los artículos 13.2 y 13.3 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones
  • Haber justificado las anteriores ayudas económicas recibidas del Ejército de Tierra
  • Tener carácter altruista, sin ánimo de lucro y no reivindicativo
  • No desarrollar actividades incompatibles con la neutralidad política de las FAS ni con los valores democráticos y constitucionales

Documentación necesaria

  • Documento que acredite la legitimación del representante legal que formula la solicitud
  • Fotocopia del Acta Fundacional
  • Copia de los Estatutos
  • Fotocopia de la inscripción en el Registro Oficial de Asociaciones, Registro de Fundaciones o Registro Oficial correspondiente
  • Autorización para recibir subvenciones, ayudas, concesiones, herencias, legados y demás recursos
  • Razón social de la entidad y CIF
  • Impreso de solicitud APÉNDICE I
  • Fotocopia del Acta de la última Asamblea General
  • Certificación del número de cuenta corriente de la entidad solicitante expedido por la entidad bancaria
  • Certificado de gastos de funcionamiento y mantenimiento
  • Número total de asociados con indicación expresa de los definidos en el artículo 4.1 de la Orden DEF/1459/2015
  • Programa de las actividades desarrolladas en el año anterior e importe de las mismas
  • Programa de las actividades previstas para el presente año e importe presupuestado
  • Memoria detallada de las actividades que pretenden sufragarse con la subvención (APÉNDICE II)
  • Justificantes de estar al corriente de pago de las obligaciones tributarias
  • Justificantes de estar al corriente de pago de las cotizaciones a la Seguridad Social
  • Declaración responsable de no haber sido sancionado con imposibilidad de obtención de ayudas públicas
  • Justificante de no estar incurso en las circunstancias previstas en los artículos 13.2 y 13.3 de la Ley 38/2003

Cómo solicitar

  1. 1Cumplimentar el impreso de solicitud APÉNDICE I por el representante legal de la entidad
  2. 2Reunir toda la documentación general y específica requerida en la Base Reguladora Cuarta (apartados 2 y 3)
  3. 3Presentar la solicitud y la documentación preceptiva por medios electrónicos en la sede electrónica del Ministerio de Defensa (https://sede.defensa.gob.es)
  4. 4Dirigir la solicitud a la Dirección de Asistencia al Personal del Ejército de Tierra (DIAPER ET)
  5. 5Subsanar los posibles defectos de la documentación en el plazo de 10 días hábiles si fuera requerido
  6. 6Esperar la propuesta provisional de resolución y, en su caso, presentar alegaciones en 15 días hábiles
  7. 7Comunicar por escrito la aceptación de la subvención en un plazo máximo de 15 días naturales desde la notificación
  8. 8Ejecutar las actividades subvencionadas antes del 15 de diciembre de 2026
  9. 9Remitir a la DIAPER ET la justificación del gasto antes del 15 de diciembre de 2026, incluyendo memoria de actuación, relación clasificada de gastos con facturas compulsadas y comprobantes bancarios, y relación de personas beneficiarias

Dónde: Sede electrónica central del Ministerio de Defensa (https://sede.defensa.gob.es), dirigida a la Dirección de Asistencia al Personal del Ejército de Tierra (DIAPER ET), Paseo de Moret, nº 3, 28008-Madrid. También en Delegaciones o Subdelegaciones de Defensa y en oficinas del artículo 16.4 de la Ley 39/2015

Fuente oficial https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/913658Datos extraídos el 19 jun 2026 · verifica siempre la convocatoria vigente
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