Ayudalíza
AYUNTAMIENTO DE GUADALAJARA

Subvención nominativa para el proyecto: "Centro de atención residencial Betania Programa de atención a Personas sin Hogar." Cáritas Diocesana. Ejercicio 2026.

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Descripción

Servicios Sociales y Promoción Social

Requisitos

  • Ser la entidad beneficiaria nominativa: Cáritas Diocesana Sigüenza-Guadalajara (CIF R1900039G)
  • Destinar la subvención al proyecto 'Centro de atención residencial Betania - Programa de atención a Personas sin Hogar'
  • La subvención es compatible con otras ayudas, subvenciones, ingresos o recursos para la misma finalidad, siempre que la suma de todos los ingresos no supere el coste de la actividad subvencionada
  • Justificar la aplicación de los fondos recibidos en el plazo de tres meses desde la finalización del ejercicio económico de la concesión
  • Dar publicidad adecuada del carácter público de la financiación en los términos de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno
  • Proceder al reintegro de los fondos percibidos en los supuestos contemplados en el artículo 37 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones

Documentación necesaria

  • Memoria justificativa de la realización de las actividades contenidas en el programa de actuación del año de la resolución de concesión, con indicación expresa de los beneficiarios atendidos, circunstancias de cada caso y resultados obtenidos
  • Relación clasificada de los gastos e inversiones de la actividad realizados en el ejercicio 2026 con identificación del acreedor y del documento, su importe, fecha de emisión y, en su caso, fecha de pago
  • Indicación de las desviaciones acaecidas en caso de que la subvención se otorgue con arreglo a un presupuesto estimado
  • Justificantes de gasto: copias auténticas de los gastos realizados por la entidad entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2026
  • Acreditación del pago mediante transferencia bancaria; para gastos inferiores a 500,00 euros bastará con la expresión 'pagado' en la factura y la identificación completa de la persona que recibe el pago
  • Certificado de gastos
  • Certificado del resto de fuentes de financiación del programa, indicando las cuantías y el coste total del programa
  • Certificado de consecución de objetivos
  • En su caso, carta de pago de reintegro en el supuesto de remanentes no aplicados así como de los intereses derivados de los mismos

Cómo solicitar

  1. 1Se trata de una subvención nominativa concedida directamente por Decreto de la Concejalía de Familia y Servicios Sociales del Ayuntamiento de Guadalajara, por delegación de la Junta de Gobierno Local de 3 de septiembre de 2024
  2. 2No existe plazo abierto de solicitud al ser una asignación nominativa en los presupuestos
  3. 3Una vez concedida, la entidad beneficiaria debe presentar la cuenta justificativa en el plazo de tres meses desde la finalización del ejercicio económico de la concesión (ejercicio 2026)
  4. 4La justificación se realiza a través de la cuenta justificativa con la documentación indicada
  5. 5Si transcurrido el plazo no se presenta la justificación o no se subsanan las omisiones/defectos, se procederá al reintegro de los fondos conforme al artículo 37 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones

Dónde: Ayuntamiento de Guadalajara - Concejalía de Familia y Servicios Sociales

Fuente oficial https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/913728Datos extraídos el 19 jun 2026 · verifica siempre la convocatoria vigente
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