Resolución de 16 de junio de 2026 de la Consejería de Salud por la que se concede una subvención nominativa al Centro Iniciativas Solidaridad y Empleo (CISE)
ImporteHasta 40.000 €
Plazo de solicitudHasta 16 jun 2026
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Descripción
Sanidad
Requisitos
- Ser la entidad beneficiaria nominativa prevista en los Presupuestos Generales del Principado de Asturias para 2026: Centro de Iniciativas Solidaridad y Empleo (CISE), G-33645565
- Estar al corriente de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social (art. 14.1.e de la Ley 38/2003, General de Subvenciones)
- No estar incurso en ninguna de las prohibiciones para ser beneficiario recogidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones
- Haber presentado declaración responsable de haber cumplido las obligaciones derivadas de ayudas y subvenciones concedidas anteriormente por la Administración del Principado de Asturias
Documentación necesaria
- Memoria Final del programa según modelo facilitado por la Consejería de Salud
- Memoria Cualitativa del ejercicio 2025 con detalle de actividades, evaluación, ingresos y gastos
- Relación clasificada de gastos de la actividad según Anexo I (firmada por el/la Secretario/a de la entidad)
- Nóminas de los trabajadores imputadas al programa
- Facturas y demás documentos de valor probatorio equivalente con validez en el tráfico jurídico mercantil o eficacia administrativa
- Para facturas simplificadas (transportes, hostelería y restauración): declaración responsable del beneficiario indicando que son gastos del programa
- Cuando el gasto subvencionable supere las cuantías del contrato menor (Ley 9/2017): tres ofertas de diferentes proveedores con carácter previo a la contratación
- Certificación del Secretario/a de la entidad conforme al modelo del Anexo I (relación de gastos y relación de gastos de personal)
- Documentación acreditativa de la publicidad del carácter público de la financiación (imagen institucional del Principado de Asturias)
Cómo solicitar
- 1Se trata de una subvención nominativa directa (art. 22.2.a de la Ley 38/2003), concedida directamente por la Consejería de Salud sin convocatoria pública previa
- 2El órgano competente (titular de la Consejería de Salud) autoriza y dispone el gasto conforme al artículo 41 del Decreto Legislativo 2/1998
- 3Se abona el 100% del importe como pago anticipado, sin exigencia de garantía al ser subvención nominativa
- 4La entidad beneficiaria debe presentar toda la documentación justificativa a través del registro electrónico antes del 16 de febrero de 2026
- 5La justificación se realiza ante la Dirección General de Salud Pública y Atención a la Salud Mental de la Consejería de Salud
- 6La entidad debe comunicar al órgano concedente la obtención de otras subvenciones, ayudas o ingresos para la misma finalidad
- 7Someterse a las actuaciones de comprobación y control financiero del órgano concedente y de los órganos de control competentes
- 8Proceder al reintegro total o parcial de las cantidades percibidas en los supuestos del artículo 37 de la Ley 38/2003
Dónde: Registro electrónico de la Administración del Principado de Asturias (según Ley 39/2015), dirigido a la Dirección General de Salud Pública y Atención a la Salud Mental de la Consejería de Salud
Fuente oficial https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/913795Datos extraídos el 19 jun 2026 · verifica siempre la convocatoria vigente
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