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CONSEJERÍA DE SALUD

Resolución de 16 de junio de 2026 de la Consejería de Salud por la que se concede una subvención nominativa al Centro Iniciativas Solidaridad y Empleo (CISE)

ImporteHasta 40.000 €
Plazo de solicitudHasta 16 jun 2026
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Descripción

Sanidad

Requisitos

  • Ser la entidad beneficiaria nominativa prevista en los Presupuestos Generales del Principado de Asturias para 2026: Centro de Iniciativas Solidaridad y Empleo (CISE), G-33645565
  • Estar al corriente de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social (art. 14.1.e de la Ley 38/2003, General de Subvenciones)
  • No estar incurso en ninguna de las prohibiciones para ser beneficiario recogidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones
  • Haber presentado declaración responsable de haber cumplido las obligaciones derivadas de ayudas y subvenciones concedidas anteriormente por la Administración del Principado de Asturias

Documentación necesaria

  • Memoria Final del programa según modelo facilitado por la Consejería de Salud
  • Memoria Cualitativa del ejercicio 2025 con detalle de actividades, evaluación, ingresos y gastos
  • Relación clasificada de gastos de la actividad según Anexo I (firmada por el/la Secretario/a de la entidad)
  • Nóminas de los trabajadores imputadas al programa
  • Facturas y demás documentos de valor probatorio equivalente con validez en el tráfico jurídico mercantil o eficacia administrativa
  • Para facturas simplificadas (transportes, hostelería y restauración): declaración responsable del beneficiario indicando que son gastos del programa
  • Cuando el gasto subvencionable supere las cuantías del contrato menor (Ley 9/2017): tres ofertas de diferentes proveedores con carácter previo a la contratación
  • Certificación del Secretario/a de la entidad conforme al modelo del Anexo I (relación de gastos y relación de gastos de personal)
  • Documentación acreditativa de la publicidad del carácter público de la financiación (imagen institucional del Principado de Asturias)

Cómo solicitar

  1. 1Se trata de una subvención nominativa directa (art. 22.2.a de la Ley 38/2003), concedida directamente por la Consejería de Salud sin convocatoria pública previa
  2. 2El órgano competente (titular de la Consejería de Salud) autoriza y dispone el gasto conforme al artículo 41 del Decreto Legislativo 2/1998
  3. 3Se abona el 100% del importe como pago anticipado, sin exigencia de garantía al ser subvención nominativa
  4. 4La entidad beneficiaria debe presentar toda la documentación justificativa a través del registro electrónico antes del 16 de febrero de 2026
  5. 5La justificación se realiza ante la Dirección General de Salud Pública y Atención a la Salud Mental de la Consejería de Salud
  6. 6La entidad debe comunicar al órgano concedente la obtención de otras subvenciones, ayudas o ingresos para la misma finalidad
  7. 7Someterse a las actuaciones de comprobación y control financiero del órgano concedente y de los órganos de control competentes
  8. 8Proceder al reintegro total o parcial de las cantidades percibidas en los supuestos del artículo 37 de la Ley 38/2003

Dónde: Registro electrónico de la Administración del Principado de Asturias (según Ley 39/2015), dirigido a la Dirección General de Salud Pública y Atención a la Salud Mental de la Consejería de Salud

Fuente oficial https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/913795Datos extraídos el 19 jun 2026 · verifica siempre la convocatoria vigente
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