Solicitud de Ingreso Mínimo Vital
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Descripción
El Ingreso Mínimo Vital es una prestación económica mensual destinada a prevenir el riesgo de pobreza y exclusión social de las personas que carecen de rentas suficientes para cubrir sus necesidades básicas. Consiste en una renta garantizada cuyo importe mensual oscila entre 461,50 € (adulto solo) y 1.015,30 € (unidades de convivencia mayores), en función de la composición de la unidad de convivencia.
Requisitos
- Formar parte de una unidad de convivencia con al menos un año de antigüedad (salvo excepciones)
- Tener residencia legal y efectiva en España de forma continuada durante al menos un año anterior a la solicitud
- Tener una edad comprendida entre los 23 y los 65 años (salvo excepciones como menores emancipados o víctimas de violencia de género)
- Acreditar insuficiencia de ingresos y patrimonio, por debajo de los umbrales establecidos en el Anexo II
- Haber solicitado previamente las pensiones y prestaciones a las que pudiera tener derecho
- No ser administrador de derecho de una sociedad mercantil
- Estar inscrito como demandante de empleo en el SEPE si se está en desempleo
Documentación necesaria
- DNI/NIE del solicitante y de las personas que conforman parte de la unidad de convivencia
- Libro/s de familia o certificado en extracto de las partidas de nacimiento de los hijos expedido por el Registro Civil
- Partida/s de nacimiento
- Resolución judicial o administrativa que acredite el acogimiento
- Sentencia de incapacitación judicial
- Certificado de empadronamiento con todas las personas empadronadas en el domicilio y fecha de antigüedad
- Certificado del registro de ciudadanos de la Unión Europea/EEE o Certificado del derecho a residir con carácter permanente (junto con pasaporte o documento de identidad en vigor)
- Tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la Unión Europea/EEE o resguardo de su solicitud
- Autorización de residencia temporal o permanente
- Tarjeta de identidad de extranjeros (TIE)
- Certificado de la Dirección General de la Policía acreditando el período de residencia legal en España
- Sentencia judicial de separación/divorcio y, en su caso, convenio regulador sellado por el juzgado
- Copia diligenciada por el Juzgado de la demanda de separación/divorcio, denuncia de abandono del hogar familiar, convenio regulador sellado y diligenciado o testimonio de aprobación judicial de medidas provisionales
- Documento judicial que atribuya la guarda y custodia de los hijos comunes en caso de parejas de hecho sin convivencia
- Acreditación de la representación legal cuando la solicitud se suscriba por persona distinta al beneficiario
- Sentencia condenatoria por delito de violencia de género, orden de protección o medidas cautelares, informe del Ministerio Fiscal o informe de servicios sociales
- Informe emitido por los servicios públicos y/o servicios sociales encargados de la atención integral a víctimas de trata de seres humanos y explotación sexual
- Acreditación mediante documento público, resolución judicial o certificado del Registro Civil para menores emancipados
- Declaración responsable de ingresos y patrimonio
Cómo solicitar
- 1Leer detenidamente todos los apartados e instrucciones del formulario antes de cumplimentarlo
- 2Cumplimentar todos los datos del solicitante (datos personales, representación legal, alojamiento, unidad de convivencia y situación laboral)
- 3Cumplimentar los datos de todas las personas que integran la unidad de convivencia (incluyendo Anexo si supera 6 miembros)
- 4Declarar los ingresos y patrimonio del solicitante y de la unidad de convivencia correspondientes al ejercicio 2019 (y excepcionalmente 2020)
- 5Indicar el domicilio de comunicaciones a efectos legales y la lengua cooficial si procede
- 6Recopilar toda la documentación requerida según la situación personal y familiar
- 7Presentar la solicitud a través de la Sede Electrónica de la Seguridad Social (https://sede.seg-social.gob.es), con certificado digital o Cl@ve permanente, o sin certificado electrónico
- 8Alternativamente, presentar un ejemplar firmado en un Centro de Atención e Información de la Seguridad Social, previa solicitud de cita previa en el teléfono 901 10 65 70 o en www.seg-social.es
- 9Si falta documentación, aportarla en el plazo de 10 días hábiles desde la notificación del requerimiento
- 10Esperar la resolución, que deberá notificarse en un plazo máximo de 3 meses desde el registro de la solicitud
Dónde: Sede Electrónica de la Seguridad Social (https://sede.seg-social.gob.es) o Centros de Atención e Información de la Seguridad Social (CAISS), previa cita previa en el teléfono 901 10 65 70 o en www.seg-social.es
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