CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES DESTINADAS A ASOCIACIONES CULTURALES – AÑO 2023.
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Descripción
Subvenciones en régimen de concurrencia competitiva destinadas a colaborar económicamente con asociaciones o entidades culturales sin ánimo de lucro de Alcañiz para la promoción y difusión de actividades culturales durante 2023. El crédito total es de 14.000 €, con un importe máximo de 5.500 € por beneficiario (hasta el 75% del presupuesto de la actividad), abonándose el 100% tras la justificación.
Requisitos
- Ser asociación o entidad cultural sin ánimo de lucro con domicilio en Alcañiz
- Estar legalmente constituida e inscrita en el Registro Municipal de Asociaciones del Ayuntamiento de Alcañiz, con la inscripción renovada en 2023
- Generar actividades culturales en el ámbito de competencias del departamento municipal de Cultura en la propia localidad
- Realizar programas y/o actividades culturales entre el 16 de noviembre de 2022 y el 30 de noviembre de 2023
- No incurrir en las circunstancias previstas en los artículos 13.2 y 13.3 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones
- Obtener una puntuación mínima de 4 puntos en los criterios de valoración para acceder a la subvención
Documentación necesaria
- Solicitud según modelo del Anexo 2 de la Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de Alcañiz
- Memoria de la entidad (Anexo 3 de la Ordenanza General de Subvenciones)
- Memoria explicativa de los proyectos a realizar (Anexo 4 de la Ordenanza General de Subvenciones)
- Certificado expedido por la Administración competente de encontrarse al corriente de las obligaciones fiscales y frente a la Seguridad Social
- Certificación expedida por el secretario de la entidad, acreditativa de la condición de representante legal del firmante (personas jurídicas)
- Declaración responsable de cumplir los requisitos de la convocatoria de subvenciones
- En caso de solicitar por primera vez: fotocopia de la tarjeta de identificación fiscal
- En caso de solicitar por primera vez: fotocopia de los estatutos de la entidad
Cómo solicitar
- 1Esperar a la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Teruel (BOP de TE), momento a partir del cual comienza el plazo de 20 días hábiles
- 2Cumplimentar la solicitud telemática conforme al modelo del Anexo 2 de la Ordenanza General de Subvenciones
- 3Elaborar la Memoria de la entidad (Anexo 3) y la Memoria explicativa de los proyectos (Anexo 4)
- 4Reunir la documentación requerida (certificados, declaración responsable, y, en su caso, tarjeta fiscal y estatutos)
- 5Presentar la solicitud de forma telemática a través de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Alcañiz (www.sede.alcaniz.es), según la Ley 39/2015
- 6Cada entidad solo podrá presentar una solicitud que englobe todas las actividades para las que solicita subvención
- 7Esperar la resolución, que se notificará en el tablón de anuncios y web municipal en un plazo máximo de tres meses desde la publicación
- 8Justificar la subvención antes del 30 de noviembre de 2023 mediante la Cuenta Justificativa Simplificada (Anexo A)
Dónde: Sede Electrónica del Ayuntamiento de Alcañiz (www.sede.alcaniz.es)
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