Ayudas «de minimis» destinadas a facilitar la recuperación del potencial productivo de las explotaciones agrícolas afectadas por el temporal iniciado el 29 de octubre de 2024 en la Comunitat Valenciana
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Descripción
Ayudas «de minimis» de concesión directa destinadas a titulares de explotaciones agrícolas dedicadas a cultivos leñosos gravemente afectadas por la DANA del 29 de octubre de 2024 en la Comunitat Valenciana, para financiar la adquisición de plantas en viveros autorizados y los gastos de plantación, recuperando el potencial productivo de las explotaciones.
Requisitos
- Ser persona titular (física o jurídica) o entidad sin personalidad jurídica de una explotación agrícola dedicada a cultivos leñosos
- Que la explotación esté ubicada en alguno de los municipios incluidos en el Anexo I del decreto
- Que la explotación figure inscrita a nombre de la persona solicitante en el Registro de Explotaciones Agrarias de la Comunitat Valenciana (REA-CV) en el año 2024
- Que la explotación haya sido gravemente afectada por el temporal iniciado el 29 de octubre de 2024, causando la inviabilidad del cultivo implantado
- No podrán acogerse las parcelas que, total o parcialmente, pasen a ser dominio público hidráulico conforme a la cartografía del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico
- En replantaciones con especies citrícolas, no se admite el uso de variedades susceptibles de provocar polinización cruzada en presencia de insectos polinizadores (pinyolà)
- Solo se admitirá una solicitud por persona solicitante
- El importe de la ayuda, aislada o en concurrencia con otras subvenciones y ayudas, no podrá superar el coste real de la actuación subvencionada
- Sujetos al régimen de ayudas de minimis del Reglamento (UE) n.º 1408/2013 en el sector agrícola
Documentación necesaria
- Acreditación de la identidad de la persona jurídica solicitante, en caso de no autorizar su consulta al órgano gestor
- Acreditación de la identidad del representante, cuando proceda, en caso de no autorizar su consulta
- Acreditación de la inscripción de la explotación en el REA-CV en el año 2024, con identificación de parcelas (municipio, polígono, parcela, recinto, cultivo, sistema de explotación y superficie cultivada), salvo oposición a su consulta, incluyendo superficie a replantar, especie a implantar y número de plantones
- Documento acreditativo del poder de representación según modelo existente, salvo que se otorgue a través del Registro de Representantes de la ACCV
- En caso de presentación a través de ente habilitado, documentación acreditativa correspondiente
Cómo solicitar
- 1Cumplimentar la solicitud con la información obligatoria: identificación del titular, referencia SIGPAC de los recintos (provincia, municipio, polígono, parcela y recinto), superficie, especie existente, número de árboles, superficie a actuar, especie a replantar, número de plantones e importe de ayuda solicitado
- 2Disponer de firma electrónica avanzada: certificado cualificado de representante de entidad (personas jurídicas) o certificado reconocido para la ciudadanía (personas físicas), emitidos por la ACCV, o cualquier otro sistema admitido por la sede electrónica de la Generalitat
- 3Presentar la solicitud telemáticamente a través de la sede electrónica de la Generalitat en https://sede.gva.es/es/proc106691 (obligatorio para personas jurídicas, empresarias individuales o autónomas, y quienes opten por esta vía)
- 4Las personas físicas no empresarias individuales o autónomas pueden presentar la solicitud también en cualquiera de los registros previstos en la legislación de procedimiento administrativo
- 5En caso de representación, otorgarla a través del Registro de Representantes de la ACCV (https://www.accv.es/servicios/registro-de-representantes/) o mediante persona/entidad con certificado electrónico que aporte documento de acreditación de la representación
- 6Si procede, dar de alta o modificar la cuenta bancaria para la percepción de la ayuda a través de https://sede.gva.es/es/proc22648
- 7Subsanar en un plazo de diez días cualquier defecto de la solicitud si el órgano gestor lo requiere, en caso contrario se tendrá por desistido
Dónde: Sede electrónica de la Generalitat Valenciana: https://sede.gva.es/es/proc106691 (presentación telemática obligatoria para personas jurídicas, empresarias individuales/autónomas; presencial en registros administrativos para personas físicas no empresarias)
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