Ayudalíza
DIRECCIÓN GENERAL DE TRANSICIÓN ENERGÉTICA

Resolución DG de Transición Energética, por la que se aprueba la convocatoria de ayudas para aprovechamiento de energías renovables destinadas a comunidades energéticas y de propietarios. Minimis Reg (UE) 2023/2831

Próximamente · pendiente de publicación oficial

ImporteHasta 2.133.654 €
Estadoprevista

Análisis con IA para tu perfil

Mira un breve anuncio y la IA evaluará tu compatibilidad con esta ayuda (nivel, puntuación y explicación) — o evita los anuncios con Premium.

o hazte Premium · 1,50€/mes

Descripción

Ayudas públicas cofinanciadas por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER) para incentivar el uso de energías renovables (fotovoltaica con o sin sistema de almacenamiento detrás del contador, excluido plomo-ácido) en Castilla-La Mancha, dirigidas a comunidades energéticas y comunidades de propietarios, con un presupuesto total de 10.668.240,50 € para el ejercicio 2026 y siguientes anualidades.

Requisitos

  • Ser comunidad energética o comunidad de propietarios, conforme al artículo 3 de la Orden 52/2026, de 14 de abril
  • Cumplir los requisitos establecidos en el artículo 4 de la Orden 52/2026, de 14 de abril
  • Cumplir las obligaciones previstas en el artículo 5 de la Orden 52/2026, de 14 de abril
  • La actuación no debe haber concluido materialmente ni haberse ejecutado íntegramente antes de presentar la solicitud
  • Las actuaciones subvencionables deberán haberse realizado, facturado y pagado dentro del plazo de ejecución

Documentación necesaria

  • Copia del DNI, NIE o documento equivalente de la persona representante (salvo oposición a consulta)
  • Copia del NIF de la comunidad solicitante
  • Copia de las escrituras o documento de constitución debidamente registrado (o certificado del Registro Mercantil / Registro de entidades sin ánimo de lucro)
  • Copia de la escritura o documentación válida justificativa de la representación
  • Certificado de estar al corriente en obligaciones tributarias, de reintegro de subvenciones y frente a la Seguridad Social, si la ayuda supera 18.000 € (60.000 € para entidades sin ánimo de lucro)
  • Declaración responsable de titularidad real de la entidad solicitante (Anexo II)
  • Declaración de ausencia de conflicto de interés - DACI (Anexo III)
  • Declaración responsable del cumplimiento del principio DNSH (Anexo IV)
  • Presupuesto desglosado de la empresa o empresas que realizarán la ejecución de las actuaciones
  • Tres ofertas o presupuestos de personas instaladoras o suministradoras cuando el coste subvencionable supere las cuantías del artículo 31.3 de la Ley 38/2003 (y memoria justificativa si no se elige la oferta más ventajosa)
  • Documento con el acuerdo que recoja los criterios de reparto entre los miembros de la comunidad energética o de propietarios
  • Para empresas miembro: Informe ITA de plantilla media anual de la Tesorería General de la Seguridad Social e Impuesto de Sociedades del año de solicitud y anterior

Cómo solicitar

  1. 1Acceder a la sede electrónica de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (https://www.jccm.es)
  2. 2Cumplimentar el formulario online de solicitud de ayuda (Anexo I)
  3. 3Digitalizar y adjuntar como archivos anexos toda la documentación requerida
  4. 4Firmar electrónicamente y presentar la solicitud de forma telemática
  5. 5En caso de defectos formales, subsanar en el plazo máximo de 10 días tras requerimiento del órgano instructor
  6. 6Esperar la notificación de la resolución de concesión en la plataforma de notificaciones telemáticas (https://notifica.jccm.es/notifica/)
  7. 7Una vez concedida, ejecutar la actuación dentro del plazo máximo de 15 meses (con posibilidad de ampliación de 6 meses)
  8. 8Justificar la subvención mediante formulario online en sede electrónica (Anexos V a XI)

Dónde: Sede electrónica de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (https://www.jccm.es) - presentación exclusivamente telemática con firma electrónica

Pregunta sobre esta ayuda

Resuelve dudas sobre requisitos, plazos o cómo solicitarla. Respuestas orientativas.

El agente inteligente está suspendido temporalmente. Pronto estará disponible desde la app.

Descargar la app
Fuente oficial https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/927526Datos extraídos el 4 sept 2026 · verifica siempre la convocatoria vigente
Ir a la convocatoria

Ayudalíza es una herramienta orientativa. No tramita ni gestiona ayudas, ni sustituye a la información oficial.