Ayudalíza
CONSEJERÍA DE INDUSTRIA, EMPLEO, INNOVACIÓN Y COMERCIO

Orden IND/43/2026, de 31 de agosto, por la que se aprueba la convocatoria de las subvenciones para impulsar el comercio electrónico en el sector de la distribución comercial minorista de Cantabria para 2026.

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Descripción

Subvenciones en régimen de concurrencia competitiva destinadas a pequeñas empresas y autónomos del sector del comercio minorista en Cantabria para impulsar la implantación de canales de comercialización digital y estrategias de venta omnicanal. La ayuda cubre hasta el 50% del gasto subvencionable (60% si la empresa está adherida al Sistema Arbitral de Consumo y pertenece a una asociación de comerciantes inscrita), con una inversión mínima de 1.500 € y un importe máximo de 5.000 € por beneficiario (hasta 9.000 € en caso de remanente de crédito).

Requisitos

  • Ser pequeña empresa o autónomo del sector del comercio y/o de servicios complementarios al comercio y de venta ambulante
  • Tener una plantilla inferior a 50 personas
  • Volumen de negocio anual o balance general inferior a 10 millones de euros
  • No estar participada en más del 25% de su capital por otra empresa que supere los límites anteriores
  • Poseer y realizar la actividad en un establecimiento físico permanente y abierto al público, radicado en Cantabria
  • Estar dado de alta en alguno de los epígrafes del IAE subvencionables (Agrupaciones 64 y 65; Grupos 661, 662, 663, 691, 755, 856, 971, 972, 973 y 975, según detalle)
  • En comercio no sedentario: actividad principal de venta ambulante (mercadillos o comercio itinerante en vehículos-tienda) y domicilio fiscal en Cantabria
  • No estar incurso en ninguna de las prohibiciones del artículo 12.2 de la Ley 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria
  • Queda excluida la actividad de comercio inter-empresarial

Documentación necesaria

  • Memoria descriptiva del proyecto (según punto 1 del apartado decimotercero)
  • Modelo 390 de declaración-resumen anual del IVA del ejercicio inmediato anterior (cuando la empresa esté dada de alta en dos o más epígrafes del IAE)
  • Facturas y justificantes de pago de los gastos subvencionables
  • Tres ofertas de diferentes proveedores cuando el gasto supere las cuantías del contrato menor según Ley 9/2017
  • Acreditación de la condición de pequeño comercio y de los requisitos de beneficiario

Cómo solicitar

  1. 1Revisar el cumplimiento de los requisitos establecidos en el apartado sexto de la convocatoria
  2. 2Elaborar la memoria descriptiva del proyecto de comercio electrónico
  3. 3Presentar la solicitud en la forma y plazo que se determine, junto con la documentación requerida
  4. 4Esperar la resolución de concesión en régimen de concurrencia competitiva mediante procedimiento abreviado
  5. 5Ejecutar el proyecto y justificar los gastos subvencionables realizados entre el 1 de enero de 2026 y la fecha de fin de presentación de solicitudes

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Fuente oficial https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/927545Datos extraídos el 4 sept 2026 · verifica siempre la convocatoria vigente
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