Orden IND/43/2026, de 31 de agosto, por la que se aprueba la convocatoria de las subvenciones para impulsar el comercio electrónico en el sector de la distribución comercial minorista de Cantabria para 2026.
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Descripción
Subvenciones en régimen de concurrencia competitiva destinadas a pequeñas empresas y autónomos del sector del comercio minorista en Cantabria para impulsar la implantación de canales de comercialización digital y estrategias de venta omnicanal. La ayuda cubre hasta el 50% del gasto subvencionable (60% si la empresa está adherida al Sistema Arbitral de Consumo y pertenece a una asociación de comerciantes inscrita), con una inversión mínima de 1.500 € y un importe máximo de 5.000 € por beneficiario (hasta 9.000 € en caso de remanente de crédito).
Requisitos
- Ser pequeña empresa o autónomo del sector del comercio y/o de servicios complementarios al comercio y de venta ambulante
- Tener una plantilla inferior a 50 personas
- Volumen de negocio anual o balance general inferior a 10 millones de euros
- No estar participada en más del 25% de su capital por otra empresa que supere los límites anteriores
- Poseer y realizar la actividad en un establecimiento físico permanente y abierto al público, radicado en Cantabria
- Estar dado de alta en alguno de los epígrafes del IAE subvencionables (Agrupaciones 64 y 65; Grupos 661, 662, 663, 691, 755, 856, 971, 972, 973 y 975, según detalle)
- En comercio no sedentario: actividad principal de venta ambulante (mercadillos o comercio itinerante en vehículos-tienda) y domicilio fiscal en Cantabria
- No estar incurso en ninguna de las prohibiciones del artículo 12.2 de la Ley 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria
- Queda excluida la actividad de comercio inter-empresarial
Documentación necesaria
- Memoria descriptiva del proyecto (según punto 1 del apartado decimotercero)
- Modelo 390 de declaración-resumen anual del IVA del ejercicio inmediato anterior (cuando la empresa esté dada de alta en dos o más epígrafes del IAE)
- Facturas y justificantes de pago de los gastos subvencionables
- Tres ofertas de diferentes proveedores cuando el gasto supere las cuantías del contrato menor según Ley 9/2017
- Acreditación de la condición de pequeño comercio y de los requisitos de beneficiario
Cómo solicitar
- 1Revisar el cumplimiento de los requisitos establecidos en el apartado sexto de la convocatoria
- 2Elaborar la memoria descriptiva del proyecto de comercio electrónico
- 3Presentar la solicitud en la forma y plazo que se determine, junto con la documentación requerida
- 4Esperar la resolución de concesión en régimen de concurrencia competitiva mediante procedimiento abreviado
- 5Ejecutar el proyecto y justificar los gastos subvencionables realizados entre el 1 de enero de 2026 y la fecha de fin de presentación de solicitudes
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