Subvenciones por la incorporación, con carácter indefinido, de personas socias trabajadoras o socias de trabajo a cooperativas y sociedades laborales. REG (UE) 1408/2023 de minimis, Agrícola
Próximamente · pendiente de publicación oficial
Análisis con IA para tu perfil
Mira un breve anuncio y la IA evaluará tu compatibilidad con esta ayuda (nivel, puntuación y explicación) — o evita los anuncios con Premium.
Descripción
Subvenciones para fomentar la incorporación, con carácter indefinido, como personas socias trabajadoras o de trabajo en cooperativas y sociedades laborales de personas desempleadas o con contrato temporal/indefinido, así como para apoyar actividades de formación, difusión y fomento de la economía social en Canarias. El presupuesto total es de 300.000 € (100.000 € para autoempleo y creación de empresas y 200.000 € para actividades de formación y fomento).
Requisitos
- Ser entidad beneficiaria de las relacionadas en la base cuarta de la Orden de bases reguladoras (Orden N.º 675/2024, de 7 de noviembre de 2024, modificada por Orden N.º 551/2025)
- Cumplir los requisitos establecidos en el apartado 3 de la base cuarta de la Orden de bases reguladoras
- No superar los límites de ayudas de minimis percibidas en los tres años previos: 300.000 € (Reglamento UE 2023/2831), 40.000 € (Reglamento UE 717/2014) o 50.000 € (Reglamento UE 1408/2013), según corresponda
- Para las subvenciones por incorporación de socios: que se trate de personas trabajadoras desempleadas o con contrato temporal o indefinido que aún no tengan la condición de persona socia trabajadora
Documentación necesaria
- Solicitud ajustada al modelo oficial disponible en la sede electrónica
- Documentación establecida en la base séptima de la Orden de bases reguladoras N.º 675/2024
Cómo solicitar
- 1Acceder al modelo de solicitud disponible en la sede electrónica de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias (https://sede.gobiernodecanarias.org/sede/tramites/7776)
- 2Cumplimentar la solicitud y reunir la documentación requerida según la base séptima de la Orden de bases reguladoras
- 3Presentar la solicitud de forma electrónica a través de la sede electrónica (https://sede.gobiernodecanarias.org/sede/), desde el correspondiente expediente en el Área personal o a través del Registro General Electrónico
- 4Esperar la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de Canarias para el inicio del plazo de presentación
- 5El plazo de presentación es de 10 días hábiles desde el día siguiente a la publicación del extracto en el BOC
- 6Subsanar en caso de requerimiento a través de la sede electrónica
- 7Consultar la resolución de concesión en el Tablón de Anuncios Electrónico de la sede electrónica (https://sede.gobiernodecanarias.org/sede/destacados_menu_home/tablon_anuncios)
Dónde: Sede electrónica de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias (https://sede.gobiernodecanarias.org/sede/tramites/7776), mediante el Área personal del expediente o el Registro General Electrónico
Pregunta sobre esta ayuda
Resuelve dudas sobre requisitos, plazos o cómo solicitarla. Respuestas orientativas.
El agente inteligente está suspendido temporalmente. Pronto estará disponible desde la app.
Descargar la appAyudalíza es una herramienta orientativa. No tramita ni gestiona ayudas, ni sustituye a la información oficial.