Ayudalíza
DIRECCIÓN GENERAL DE EMPRESAS

Resolución de 01/09/2026, de la Dirección General de Empresas, por la que se aprueba la convocatoria ayudas del Bono Crecimiento Pyme en Castilla- La Mancha, para el ejercicio 2026.

Próximamente · pendiente de publicación oficial

ImporteHasta 9.000.000 €
Plazo de solicitudHasta 30 jun 2027
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Descripción

Ayudas destinadas a facilitar financiación a las pequeñas y medianas empresas (pymes) de Castilla-La Mancha para realizar actuaciones que les proporcionen capacidades estratégicas, técnicas, organizativas, digitales y normativas, con el fin de incrementar su competitividad, sostenibilidad, productividad y capacidad de crecimiento. La subvención cubre hasta el 60-80% de los gastos subvencionables, con un máximo de 12.000 euros por actuación y un límite total de 60.000 euros por beneficiaria y convocatoria.

Requisitos

  • Ser una pyme válidamente constituida e inscrita en el registro correspondiente, conforme al artículo 3 de la Orden 116/2026 de bases reguladoras
  • Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones por reintegro de subvenciones, tributarias (con la Administración estatal y regional) y frente a la Seguridad Social
  • No estar incursa en las circunstancias del artículo 13.2 y 3 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones
  • No incurrir en supuestos de incompatibilidad conforme a la Ley 11/2003, del Gobierno y del Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha
  • No tener la consideración de empresa en crisis
  • No haber puesto fin a una actividad idéntica o similar dentro del Espacio Económico Europeo en los dos años anteriores ni tener planes de hacerlo en los dos años siguientes
  • No haber sido sancionada por falta muy grave en materia de prevención de riesgos laborales en el año anterior
  • Disponer de un plan de prevención de riesgos laborales cuando sea exigible por la Ley 31/1995
  • No haber sido sancionada por prácticas laborales discriminatorias
  • Disponer de un plan de igualdad inscrito en el registro laboral cuando sea obligatorio conforme al artículo 45 de la Ley 3/2007
  • Cumplir los plazos de pago previstos en el artículo 13.3.bis de la Ley 38/2003 para subvenciones superiores a 30.000 euros
  • No haber aceptado ayudas de minimis (Reglamento UE 2023/2831) que acumuladas en tres años excedan los límites establecidos
  • Presentar una única solicitud por convocatoria

Documentación necesaria

  • NIF de la entidad solicitante
  • Acreditación de la representación cuando la solicitud la formule persona distinta a la entidad solicitante
  • Escritura de constitución y, en su caso, de posteriores modificaciones de la entidad
  • Documento privado de constitución y acuerdos en este caso, en el caso de comunidades de bienes o entidades sin personalidad jurídica
  • Escrito firmado por todos los miembros de la agrupación nombrando representante único, con compromisos de ejecución e importe de la subvención por cada miembro (en su caso)
  • Informe de plantilla media anual de personas trabajadoras expedido por la Tesorería General de la Seguridad Social
  • Certificado o informe de vida laboral de personas trabajadoras autónomas expedido por la Tesorería General de la Seguridad Social (en su caso)
  • Impuesto de Sociedades del último ejercicio cerrado
  • Cuentas anuales del último ejercicio contable cerrado, firmadas y depositadas en el Registro Mercantil
  • Declaración responsable sobre la categoría de empresa (formulario II)
  • Memoria técnica, económica y financiera firmada electrónicamente (formulario III)
  • Informe de vida laboral expedido por la Tesorería General de la Seguridad Social

Cómo solicitar

  1. 1Acceder a la sede electrónica de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (https://www.jccm.es)
  2. 2Cumplimentar el formulario I de solicitud de subvención
  3. 3Adjuntar como archivos anexos la documentación preceptiva indicada en el apartado 4 del dispositivo séptimo
  4. 4Firmar electrónicamente la solicitud y toda la documentación
  5. 5Presentar telemáticamente la solicitud, dirigida a la persona titular de la Dirección General de Empresas
  6. 6La solicitud se podrá presentar desde el día siguiente a la publicación de la resolución y su extracto en el DOCM hasta el 30 de junio de 2027

Dónde: Sede electrónica de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (https://www.jccm.es), mediante el formulario I, con firma electrónica

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Fuente oficial https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/927685Datos extraídos el 4 sept 2026 · verifica siempre la convocatoria vigente
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