Ayudalíza
AYUNTAMIENTO DE SAUZAL, EL

SEGUNDA SUBVENCIÓN DESTINADA A APOYO AL COMERCIO 2026

Próximamente · pendiente de publicación oficial

ImporteHasta 169.100 €
Estadoprevista

Análisis con IA para tu perfil

Mira un breve anuncio y la IA evaluará tu compatibilidad con esta ayuda (nivel, puntuación y explicación) — o evita los anuncios con Premium.

o hazte Premium · 1,50€/mes

Descripción

Ayudas de hasta 169.100 euros en total para que pymes y autónomos con domicilio o sede social en El Sauzal sufraguen gastos corrientes de 2026 vinculados a su actividad económica, potenciando el tejido comercial, profesional y de servicios del municipio. Si las solicitudes superan el crédito disponible, los importes se reducirán proporcionalmente.

Requisitos

  • Ser pyme o autónomo conforme a la definición aplicable de la Recomendación 2003/361/CE de la Comisión Europea.
  • Disponer de un local abierto al público o de un centro de trabajo en el término municipal de El Sauzal.
  • Tener el domicilio o la sede social en el municipio de El Sauzal.
  • No encontrarse incurso en las prohibiciones del artículo 13.2 de la Ley General de Subvenciones, sin perjuicio de las posibles excepciones previstas en la convocatoria.
  • Haber justificado las subvenciones que, en su caso, haya concedido el Ayuntamiento de El Sauzal.
  • No haber resultado beneficiario de la primera convocatoria de apoyo al comercio de 2026, salvo que disponga de dos locales y hubiera recibido la ayuda únicamente por uno de ellos.
  • Quedan excluidos los autónomos colaboradores y el personal autónomo societario, aunque la sociedad en la que se integra sí podría ser beneficiaria.
  • Los gastos deben ser corrientes, estar directamente vinculados a la actividad subvencionable y haber sido generados y pagados durante 2026.
  • Son subvencionables los servicios profesionales, gastos de personal, alquiler del local, electricidad, gas, teléfono, internet, seguros, licencias de programas o herramientas en la nube y mantenimiento web mediante alojamiento y dominio.
  • Quedan excluidos los impuestos indirectos recuperables o compensables, los impuestos personales sobre la renta, los intereses deudores, los intereses, recargos y sanciones, los gastos de procedimientos judiciales, los pagos a proveedores y los gastos de naturaleza inventariable.
  • La ayuda es compatible con otras subvenciones o ingresos siempre que la suma de todos ellos no supere el coste real de la actividad subvencionada.

Documentación necesaria

  • Solicitud según el modelo normalizado adjunto a la convocatoria, debidamente firmada por la persona interesada o su representante.
  • Justificantes de las subvenciones municipales concedidas que acrediten que han sido justificadas, cuando corresponda.
  • Declaración y documentación acreditativa de disponer de dos locales y de haber sido beneficiario de la primera convocatoria únicamente por la superficie de uno de ellos, en los supuestos de excepción.
  • Documentación justificativa de los gastos subvencionables generados y pagados durante 2026.

Cómo solicitar

  1. 1Esperar a la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife.
  2. 2Cumplimentar el modelo normalizado de solicitud.
  3. 3Firmar la solicitud por la persona interesada o por su representante.
  4. 4Presentar la solicitud y la documentación correspondiente obligatoriamente por medios electrónicos dentro de los 20 días naturales siguientes al de la publicación del extracto en el BOP.

Dónde: Sede electrónica del Ayuntamiento de El Sauzal: https://elsauzal.sedelectronica.es

Pregunta sobre esta ayuda

Resuelve dudas sobre requisitos, plazos o cómo solicitarla. Respuestas orientativas.

El agente inteligente está suspendido temporalmente. Pronto estará disponible desde la app.

Descargar la app
Fuente oficial https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/927719Datos extraídos el 4 sept 2026 · verifica siempre la convocatoria vigente
Ir a la convocatoria

Ayudalíza es una herramienta orientativa. No tramita ni gestiona ayudas, ni sustituye a la información oficial.