Ayudalíza
CONSELL INSULAR DE IBIZA

CONVOCATORIA DE AYUDAS PARA PROFESIONALES DEL SECTOR TURÍSTICO DE LA ISLA DE IBIZA PARA CURSAR DE FORMA PRESENCIAL EN LA ISLA DE IBIZA FORMACIONES IMPARTIDAS POR LA ESCUELA DE HOSTELERÍA DE LAS ISLAS BALEARES EN LA SEDE DE LA ISLA DE IBIZA 2025-2026

Próximamente · pendiente de publicación oficial

ImporteHasta 50.000 €
Plazo de solicitudHasta 18 sept 2026
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Descripción

Ayudas destinadas a profesionales del sector turístico residentes en la isla de Ibiza que hayan cursado con aprovechamiento formaciones presenciales impartidas por la Escuela de Hostelería de las Islas Baleares (EHIB) en la sede de Ibiza durante el curso 2025-2026, financiando hasta el 75% del importe de la matrícula efectivamente satisfecho, con una dotación económica total máxima de 50.000 €.

Requisitos

  • Ser mayor de edad
  • Tener nacionalidad española o, en caso de solicitantes extranjeros, residencia legal en España
  • Ser residente en la isla de Ibiza desde el inicio de las formaciones, manteniendo esta residencia al menos hasta la finalización del procedimiento
  • Haber tomado parte de forma presencial en la isla de Ibiza en formaciones impartidas por la Escuela de Hostelería de las Islas Baleares en la sede de Ibiza durante el curso 2025-2026 y acreditar la adquisición de los conocimientos necesarios
  • Haber realizado el pago efectivo del importe total de la matrícula en el plazo determinado por las condiciones de la formación
  • Estar al corriente de las obligaciones tributarias con la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, con el Estado español, con la Seguridad Social y con el Consejo Insular de Ibiza
  • Cumplir los requisitos para obtener la condición de beneficiario establecidos en los artículos 13 de la Ley 38/2003 y 10 del Decreto Legislativo 2/2005
  • Haberse matriculado y cursado con aprovechamiento alguna de las formaciones objeto de la convocatoria (Máster en Alta Gastronomía y Gestión Culinaria; 1er o 2º Curso de Especialista en Cocina y Pastelería; Especialista en Vinos de España; Especialista en Restauración; Especialista Sumiller; Especialista Universitario en MICE y Organización de Eventos)

Documentación necesaria

  • Impreso de solicitud debidamente rellenado y firmado (Anexo 1)
  • Declaración responsable (Anexo 2) que reúna los requisitos para obtener la condición de beneficiario y acredite estar al corriente de obligaciones tributarias y con la Seguridad Social
  • Documentación acreditativa de la identidad de la persona solicitante: DNI o NIE, tarjeta de residencia o equivalente, acompañada de pasaporte o carta de identidad (en vigor)
  • Certificado histórico de empadronamiento en cualquier municipio de la isla de Ibiza, en vigor
  • Justificante de pago de la matrícula de la formación por la cual se solicita financiación
  • Certificado de aprovechamiento o título de la formación realizada
  • En caso de actuar mediante representante: acreditación de la representación y documento de identidad del representante (art. 5.3 Ley 39/2015)
  • Solicitud de alta o modificación como acreedor del Consejo Insular (impreso de transferencia bancaria) sellada por la entidad bancaria, obligatoria solo si no consta o si se produce modificación

Cómo solicitar

  1. 1Rellenar y firmar el impreso de solicitud (Anexo 1) y la declaración responsable (Anexo 2)
  2. 2Reunir la documentación acreditativa requerida (identidad, empadronamiento, justificante de pago de matrícula, certificado de aprovechamiento, datos bancarios)
  3. 3Presentar la solicitud y la documentación dentro del plazo de diez días hábiles desde el día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el BOIB
  4. 4Presentar presencialmente en el Registro General de Entrada del Consejo Insular de Ibiza (Avenida España, 49), solicitando cita previa en el teléfono 971195906 o en https://citaprevia.conselldeivissa.es; o por correo postal certificado en sobre abierto; o telemáticamente a través de la Sede Electrónica https://seu.conselldeivissa.es con certificado digital
  5. 5Subsanar en el plazo de diez días hábiles cualquier deficiencia o documentación incompleta si el órgano instructor lo requiere
  6. 6Comunicar al Departamento de Promoción Turística la aceptación o renuncia a la ayuda en el plazo de diez días hábiles tras la publicación de la propuesta de resolución provisional (Anexo 4)
  7. 7Esperar la resolución de concesión por parte del Consejo Ejecutivo del Consejo Insular de Ibiza

Dónde: Registro General de Entrada del Consejo Insular de Ibiza (Avenida España, 49, tel. 971195900) o Sede Electrónica https://seu.conselldeivissa.es

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Fuente oficial https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/927688Datos extraídos el 4 sept 2026 · verifica siempre la convocatoria vigente
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