SUBVENCIONES PYMES Y AUTONOMOS 2026
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Descripción
Programa de ayudas económicas del Ayuntamiento de Bujalance para fomentar el emprendimiento y el desarrollo empresarial local mediante cuatro líneas de incentivos (creación de autónomos/Pymes, generación de empleo estable, consolidación empresarial e incentivos al alquiler de locales comerciales), con una dotación total máxima de 22.500 € en 2026 y un límite de 3.000 € por beneficiario en el conjunto de líneas solicitadas.
Requisitos
- Tener la condición de Pyme según la definición del Anexo I del Reglamento (UE) nº 651/2014
- Tener el domicilio fiscal en Bujalance (salvedad para la Línea 2)
- Estar dado de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) o en colegio profesional con mutualidad alternativa, o estar constituido como sociedad mercantil o equivalente
- Línea 1: Ser nueva empresa dada de alta entre el 1 de enero de 2026 y el último día de plazo de solicitud
- Línea 2: Realizar contrataciones indefinidas (nuevas o transformación de temporales) de personas empadronadas en Bujalance, con incremento efectivo de plantilla, jornada completa mínima de 6 meses o media jornada mínima de 1 año (no inferior a 20 horas semanales)
- Línea 3: Pyme con domicilio fiscal en Bujalance que haya ejercido su actividad de forma ininterrumpida durante al menos 18 meses desde su último alta efectiva
- Línea 4: Pyme ya constituida con domicilio fiscal en Bujalance y nuevo contrato de arrendamiento de local comercial en el casco urbano, con duración mínima de 6 meses ininterrumpidos y fecha de inicio en el año de solicitud
- No haber sido beneficiaria de la misma línea en convocatorias anteriores
- No ser beneficiaria de más de dos líneas en la misma convocatoria anual
- No superar los 3.000 € de cuantía total subvencionada en la convocatoria anual sumando todas las líneas
- No incurrir en causas de exclusión del TRB
Documentación necesaria
- Anexo I: Solicitud, incluyendo auto baremación y opción de línea/as de ayuda seleccionada/s (debidamente firmado)
- Anexo II: Declaración Responsable de otras subvenciones, de estar al corriente y de no incurrir en causas de exclusión (debidamente firmada)
- Anexo III: Documento de Aceptación/rechazo de la subvención/alegaciones (debidamente firmado) — en fase de concesión
- Anexo IV: Documento de datos bancarios (debidamente firmado) — en fase de concesión
- Certificado de la Agencia Tributaria y declaración del representante legal (en caso de exención total o parcial de IVA)
Cómo solicitar
- 1Acceder a la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Bujalance (http://www.bujalance.es/sede) y descargar los modelos de solicitud
- 2Cumplimentar y firmar electrónicamente el Anexo I (solicitud con auto baremación y línea/as seleccionada/s)
- 3Cumplimentar y firmar electrónicamente el Anexo II (declaración responsable)
- 4Presentar la solicitud y la documentación exclusivamente de forma electrónica a través del Registro Electrónico del Ayuntamiento de Bujalance, dirigida al Alcalde/Presidente, dentro del plazo del 1 al 30 de septiembre de 2026 (ambos inclusive)
- 5Esperar la propuesta de resolución provisional publicada en el tablón de anuncios de la Sede Electrónica, con plazo de 10 días hábiles para alegaciones o reformulación
- 6En caso de concesión, presentar el Anexo III (aceptación/rechazo/alegaciones) y el Anexo IV (datos bancarios) firmados electrónicamente
- 7Esperar la resolución definitiva adoptada por Alcaldía
Dónde: Sede Electrónica del Ayuntamiento de Bujalance (Registro Electrónico): http://www.bujalance.es/sede
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