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AYUNTAMIENTO DE BOADILLA DEL MONTE

CONVOCATORIA DE BECAS PARA LA ESCOLARIZACIÓN Y CONCILIACIÓN PARA EL CURSO 2026-2027 DEL AYUNTAMIENTO DE BOADILLA DEL MONTE.

Próximamente · pendiente de publicación oficial

ImporteHasta 2.260.000 €
Plazo de solicitudHasta 22 sept 2026
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Descripción

Convocatoria de ayudas económicas del Ayuntamiento de Boadilla del Monte dirigida a alumnos empadronados y residentes en el municipio, matriculados en Segundo Ciclo de Educación Infantil, Educación Primaria, ESO, Educación Especial, Bachillerato o Módulos de Formación Profesional de Grado Medio en centros públicos, concertados o privados de la Comunidad de Madrid, con el fin de apoyar la escolarización y la conciliación de la vida familiar y laboral. El importe total máximo destinado a esta convocatoria es de 2.260.000,00 €, que se distribuye en régimen de concurrencia competitiva mediante prorrateo entre los beneficiarios.

Requisitos

  • Ser alumno empadronado y residente en el municipio de Boadilla del Monte
  • Estar matriculado en el curso 2026-2027 en Segundo Ciclo de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria, Educación Especial, Bachillerato o Módulos de Formación Profesional de Grado Medio
  • Cursar los estudios en centros públicos, concertados o privados de la Comunidad de Madrid
  • No hallarse incurso en ninguno de los supuestos recogidos en el artículo 13 de la Ley General de Subvenciones
  • Compromiso de mantener el cumplimiento de los requisitos durante el periodo de reconocimiento o ejercicio del derecho al cobro de la ayuda

Documentación necesaria

  • Modelo de solicitud (Anexo I) aprobado por la convocatoria
  • Declaración responsable incluida en la solicitud sobre el cumplimiento de los requisitos del artículo 13 de la LGS

Cómo solicitar

  1. 1Cumplimentar el modelo de solicitud oficial (Anexo I) aprobado en la convocatoria
  2. 2Presentar la solicitud conforme a la forma y plazo establecidos en las bases de la convocatoria
  3. 3La presentación de la solicitud supone la declaración responsable del cumplimiento de los requisitos del artículo 13 de la LGS
  4. 4El órgano instructor evalúa las solicitudes conforme a los criterios de valoración fijados en las bases
  5. 5Se procede al prorrateo entre todas las solicitudes que reúnan los requisitos hasta alcanzar el importe máximo fijado en la convocatoria
  6. 6El órgano competente formula la propuesta de concesión y notifica la resolución
  7. 7El beneficiario justifica el cumplimiento de la finalidad de la ayuda en el plazo y forma establecidos en las bases

Dónde: https://ayuntamientoboadilladelmonte.org/

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Fuente oficial https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/926809Datos extraídos el 28 ago 2026 · verifica siempre la convocatoria vigente
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