Ayudalíza
Ayuntamiento de Castro Caldelas, en colaboración con el Ministerio de Fomento y el Instituto Galego da Vivenda e Solo (IGVS) de la Xunta de Galicia

CONVOCATORIAS – Concello de Castro Caldelas

ImporteHasta 30.000 €
Plazo de solicitudHasta 30 ago 2019
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Descripción

Ayudas para rehabilitar viviendas o construir una vivienda sustitutiva de otra previamente demolida en el centro histórico de Castro Caldelas. En la fase 7 y en la estatal de la fase 8 se subvenciona como máximo el 35% del presupuesto protegible, con límites de 11.000 euros por vivienda rehabilitada y 30.000 euros por vivienda de sustitución; la fase 8 incluye además una ayuda autonómica de hasta el 10% y 4.000 euros por vivienda rehabilitada.

Requisitos

  • La actuación debe estar incluida en el área de regeneración y renovación urbana o área de rehabilitación integral del centro histórico de Castro Caldelas.
  • La actuación debe corresponder a la fase 7 o a la fase 8 de rehabilitación.
  • Las actuaciones subvencionables son la rehabilitación de viviendas y, en su caso, la construcción de una vivienda en sustitución de otra previamente demolida.
  • La ayuda autonómica adicional de la fase 8 se limita a las actuaciones de rehabilitación.
  • Las actuaciones deben respetar los límites establecidos por la normativa aplicable y por el proceso de rehabilitación.
  • La concesión está condicionada a la existencia de partida y crédito presupuestario disponible en la anualidad correspondiente.

Documentación necesaria

  • Instancia normalizada de solicitud.

Cómo solicitar

  1. 1Obtener y cumplimentar la instancia normalizada disponible en las dependencias de la Oficina de Rehabilitación.
  2. 2Presentar la solicitud por cualquiera de los medios previstos en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
  3. 3Presentar la solicitud antes del 30 de agosto de 2019.

Dónde: Oficina de Rehabilitación del Ayuntamiento de Castro Caldelas, o cualquiera de los registros y medios de presentación admitidos por el artículo 16 de la Ley 39/2015.

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Fuente oficial http://www.castrocaldelas.es/wp-content/uploads/2018/12/modificación-bases.pdfDatos extraídos el 21 ago 2026 · verifica siempre la convocatoria vigente
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