Ayudalíza
Ayuntamiento de Viana

BASES AYUDAS EMERGENCIA SOCIAL 2018

ImporteHasta 1000 €
Plazo de solicitudHasta 30 dic 2018
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Descripción

Prestaciones económicas puntuales, subsidiarias y no periódicas destinadas a personas o familias vecinas de la Zona Básica de Viana en situación de emergencia social o exclusión, para cubrir necesidades básicas no atendidas por otros recursos (alojamiento, nutrición, salud, conciliación, educación, etc.). La cuantía máxima anual por unidad familiar es de 1.000 €, determinada en función de los ingresos familiares y el concepto subvencionable.

Requisitos

  • Ser mayor de 18 años o menor emancipado legalmente.
  • Acreditar residencia efectiva y continuada en Navarra con antigüedad mínima de año y medio y estar empadronado en la Zona Básica de Viana (o en Viana una vez superado el importe de la subvención del Gobierno de Navarra) con un mínimo de tres meses de antigüedad; en situación de extrema necesidad basta el empadronamiento en el momento de la solicitud.
  • Que la necesidad no pueda canalizarse por los recursos normalizados existentes en la Comunidad Foral.
  • Ser usuario/a de los Servicios Sociales de Base del Ayuntamiento de Viana y estar implicado en un Proceso de Intervención Social.
  • Tener tarjeta de demanda de empleo en caso de desempleo.
  • Carecer de medios económicos propios suficientes.
  • Estar al corriente de pago de obligaciones con la hacienda municipal y no tener pendiente devolución de adelantos del Servicio Social de Base.
  • No se concederán más de una ayuda de emergencia al año/persona o unidad familiar por los mismos conceptos ya concedidos (salvo diferencia hasta el tope).

Documentación necesaria

  • Fotocopia del DNI o documento acreditativo de la persona solicitante y de los demás miembros de la unidad familiar.
  • Fotocopia del libro de familia, DNI o partidas de nacimiento.
  • Certificado de empadronamiento y convivencia.
  • Declaración jurada de ingresos de los últimos seis meses de la unidad familiar.
  • Justificante de la deuda o presupuesto real o estimado de la necesidad básica y urgente.
  • Convenio de separación, en su caso.
  • Informe técnico (ORVE, arquitecto municipal, etc.) en ayudas para acondicionamiento de vivienda cuando requiera obras.
  • Otra documentación que se estime conveniente; no será necesario aportar documentación que ya obre en poder del Servicio Social de Base del Ayuntamiento.

Cómo solicitar

  1. 1Acudir a los Servicios Sociales de Base (SSB) del Ayuntamiento de Viana, donde se valora el caso en el marco de un Proceso de Intervención Social.
  2. 2Presentar la instancia-solicitud (Anexo II) con los datos de identificación, la demanda y la cuantía económica solicitada, acompañada de la documentación requerida.
  3. 3Si falta documentación, se requerirá al solicitante para que la aporte en un plazo máximo de 10 días hábiles; en caso contrario se le tendrá por desistido.
  4. 4Los profesionales del SSB elaboran un informe social justificando la demanda.
  5. 5La propuesta de concesión se realiza mediante Decreto de Alcaldía, previo informe del servicio social.
  6. 6Se comunica por escrito al demandante la aprobación de la ayuda.
  7. 7La persona perceptora debe justificar el pago al acreedor en un plazo máximo de 5 días desde la percepción de la ayuda.

Dónde: Servicios Sociales de Base del Ayuntamiento de Viana

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Fuente oficial https://www.viana.es/wp-content/uploads/2016/10/BASES-EMERGENCIA-SOCIAL-2018.pdfDatos extraídos el 21 ago 2026 · verifica siempre la convocatoria vigente
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