BASES AYUDAS EMERGENCIA SOCIAL 2019
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Descripción
Ayudas económicas puntuales, subsidiarias y no periódicas destinadas a personas o familias vecinas de la Zona Básica de Viana en situación de exclusión social o riesgo, para cubrir necesidades básicas no atendidas por otras prestaciones (alojamiento, suministros, nutrición, salud, conciliación, educación, etc.). La cuantía máxima anual es de 1.000 € por unidad familiar.
Requisitos
- Ser mayor de 18 años o menor emancipado legalmente
- Acreditar residencia efectiva y continuada en Navarra con antigüedad mínima de un año y medio y estar empadronado en la Zona Básica de Viana (o en Viana a partir de cierto umbral acumulado de ayudas) con mínimo de tres meses de antigüedad; en extrema necesidad basta el empadronamiento en el momento de la demanda
- Que la necesidad no pueda canalizarse por los recursos normalizados existentes en la Comunidad Foral
- Ser usuario/a de los Servicios Sociales de Base del Ayuntamiento de Viana e implicado/a en un Proceso de Intervención Social
- Tener tarjeta de demanda de empleo en caso de desempleo
- Carecer de medios económicos propios suficientes
- Estar al corriente de pago de obligaciones con la hacienda municipal y no tener devolución pendiente de adelantos del SSB
Documentación necesaria
- Instancia-solicitud (Anexo II)
- Fotocopia del DNI o documento acreditativo de la persona solicitante y de los demás miembros de la unidad familiar
- Fotocopia del libro de familia, DNI o partidas de nacimiento
- Certificado de empadronamiento y convivencia
- Declaración jurada de ingresos de los últimos seis meses de la unidad familiar
- Justificante de la deuda o presupuesto real o estimado de la necesidad básica y urgente por la que se solicita la ayuda
- Convenio de separación, si procede
- En ayudas de acondicionamiento de vivienda: informe (ORVE, arquitecto municipal, etc.)
- Cualquier otra documentación que el SSB considere oportuna
Cómo solicitar
- 1Acudir a los Servicios Sociales de Base de Viana (SSB) para que los profesionales conozcan y valoren el caso, enmarcándolo en alguna de las situaciones previstas
- 2Presentar la instancia-solicitud (Anexo II) con los datos de identificación, demanda y cuantía solicitada, junto con la documentación requerida
- 3En caso de faltar documentación, el SSB requerirá al solicitante para aportarla en un plazo máximo de 10 días hábiles; si no lo hiciera, se le tendrá por desistido
- 4Los profesionales del SSB elaborarán un informe social justificando la demanda
- 5Previo informe del servicio social, la Alcaldía dictará Decreto de aprobación de la concesión
- 6Se notificará por escrito al demandante la aprobación o denegación de la ayuda
- 7La persona perceptora deberá justificar el pago al acreedor en un plazo máximo de 5 días desde la percepción; excepcionalmente podrá abonarse a otro perceptor o entidad autorizada por escrito
Dónde: Servicios Sociales de Base del Ayuntamiento de Viana. Plaza del Coso 2, 31230 Viana (Navarra). Tel: 948 645851. Email: ssb@viana.es
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