BASES AYUDAS COMEDOR 2019
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Descripción
Ayudas económicas municipales complementarias para financiar la alimentación (comedor escolar) de menores escolarizados en centros de Viana durante el curso 2019-2020, dirigidas a unidades familiares con dificultades económicas, monoparentales, numerosas, con personas con discapacidad o que necesiten conciliar vida familiar y laboral. La cuantía máxima es de 1,75 €/día por asistencia y persona, según tramo económico de ingresos.
Requisitos
- Hallarse empadronados todos los miembros de la unidad familiar y tener vecindad efectiva en Viana desde la solicitud y mientras se perciba la ayuda
- Que los menores estén escolarizados en centros escolares de la localidad
- Haber solicitado las ayudas existentes para el mismo concepto en otros ámbitos de la Administración
- Estar al corriente de cualquier tipo de obligación de carácter municipal todos los miembros de la unidad familiar
- Contar con rendimientos anuales de la unidad familiar inferiores a los umbrales establecidos en las tablas económicas de referencia según el número de miembros
- Haber presentado la solicitud y documentación requerida en los plazos establecidos
Documentación necesaria
- Solicitud cumplimentada y ajustada al modelo normalizado (Anexo I) facilitado por el Servicio Social de Base
- Copia de la/s declaración/es de la renta del año anterior (2018)
- Copia del libro de familia
- Copia del carnet de identidad de los solicitantes
- Documento notarial, justificante de interposición de demanda de separación, sentencia judicial u otros documentos que avalen la situación en caso de separación o divorcio
- Documentación acreditativa de reducción grave de ingresos en 2019 respecto a la renta de 2018: nóminas, certificado del SEPE, sentencia de separación o convenio regulador, declaración de IVA trimestral y declaración jurada de ingresos desglosada por meses (en caso de autónomos)
Cómo solicitar
- 1Cumplimentar la solicitud según el modelo normalizado facilitado por el Servicio Social de Base de Viana (Anexo I)
- 2Reunir la documentación requerida (declaración de renta 2018, libro de familia, DNI y, en su caso, documentación complementaria)
- 3Presentar la solicitud y la documentación en el Servicio Social de Base del Ayuntamiento de Viana
- 4El Ayuntamiento comprobará de oficio el empadronamiento y la situación respecto a deudas municipales
- 5Subsanar en el plazo máximo e improrrogable de 10 días si la solicitud no reúne los requisitos
- 6El Servicio Social de Base valorará mensualmente la documentación y elevará propuesta de Resolución al órgano competente
- 7El Alcalde-Presidente resolverá la concesión o denegación de la ayuda
- 8El abono se realizará mediante transferencia bancaria al número de cuenta indicado por el beneficiario, previa comprobación de la asistencia al comedor
Dónde: Servicio Social de Base del Ayuntamiento de Viana
Pregunta sobre esta ayuda
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