Ayudalíza
Ayuntamiento del Valle de Yerri

ORDENANZA REGULADORA AYUDAS PARA OBRAS DE REHABILITACIÓN DE VIVIENDAS

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Descripción

Ordenanza que regula las ayudas económicas municipales para la rehabilitación de edificios y viviendas en el Valle de Yerri, incluyendo arreglos de fachadas y cubiertas, rehabilitación para adecuación de habitabilidad y supresión de barreras arquitectónicas. Los beneficiarios obtienen una subvención del 100% de las tasas municipales de licencia de obras y ocupación de vía pública, una subvención del 2% del presupuesto de ejecución material de la obra (sin límite), ayudas especiales por convenio para edificios de interés arquitectónico y asesoramiento técnico gratuito.

Requisitos

  • Edificios cuyo uso sea el de vivienda y estén catalogados con algún grado de protección, o tengan una antigüedad superior a 75 años
  • Para viviendas en bloque: antigüedad superior a 50 años y un presupuesto por vivienda superior a 1.202,02 euros (200.000 pesetas)
  • Actuaciones informadas favorablemente por los técnicos municipales o asimilados competentes
  • Obras dentro de la zona delimitada como suelo urbano consolidado en el Plan Municipal de Valle de Yerri
  • Hallarse al corriente de las obligaciones fiscales con el Ayuntamiento de Valle de Yerri
  • Estar empadronado en el Valle al tiempo de solicitar la ayuda
  • Mantener el empadronamiento un mínimo de cinco años
  • Para la subvención del 2%: no haber realizado otras obras de rehabilitación en el mismo inmueble durante el ejercicio anual
  • No tratarse de obras en edificios declarados fuera de ordenación, ni de habilitación o decoración privativa de locales interiores, ni de demolición o modificación sustancial de fachada sin cumplir condiciones, ni aumento de volumen o superficie construida
  • Garantizar la coherencia técnica y constructiva con el estado del edificio y la recuperación de diseños originales de fachada

Documentación necesaria

  • Instancia de solicitud de licencia de obras y de ayudas, indicando tipo de obras, entidad bancaria y número de cuenta, y plazo de ejecución
  • Fotocopia del DNI del propietario o representante de la comunidad y certificado de empadronamiento
  • Acuerdo de la comunidad de propietarios que decida la realización de las obras, nombre un representante y establezca el porcentaje de participación
  • Justificante de representación, si el solicitante representa a alguien
  • Memoria descriptiva de las obras a realizar con calidad de materiales
  • Croquis del estado actual y propuesto, a poder ser acotado
  • Presupuesto detallado de la obra con mediciones, calidades y precios unitarios
  • Proyecto técnico (4 copias) y certificado final de obra cuando las obras afecten a estructura, fachadas o distribución interior
  • Documentación adicional (fotografías) si los servicios técnicos lo solicitan puntualmente

Cómo solicitar

  1. 1Presentar la solicitud en el Registro General del Ayuntamiento de Valle de Yerri, junto con la solicitud de Licencia de obras o en el mes inmediatamente posterior
  2. 2Aportar la documentación requerida
  3. 3Obtener informe previo favorable del departamento municipal o asimilado competente
  4. 4Ejecutar las obras conforme a la licencia y las condiciones del expediente
  5. 5Una vez terminada la obra, comunicar al Ayuntamiento para que se practique visita de inspección
  6. 6El Ayuntamiento emite informe final favorable sobre el cumplimiento de las condiciones del expediente
  7. 7La Junta de Gobierno Local aprueba y ordena el pago de la ayuda, previa fiscalización de la Intervención

Dónde: Registro General del Ayuntamiento de Valle de Yerri

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Fuente oficial http://www.yerri.es/wp-content/uploads/sites/63/2023/09/ORDENANZA-REGULADORA-AYUDAS-PARA-OBRAS-DE-REHABILITACION-DE-VIVIENDAS.pdfDatos extraídos el 21 ago 2026 · verifica siempre la convocatoria vigente
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