ORDENANZA REGULADORA AYUDAS PARA OBRAS DE REHABILITACIÓN DE VIVIENDAS
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Descripción
Ordenanza que regula las ayudas económicas municipales para la rehabilitación de edificios y viviendas en el Valle de Yerri, incluyendo arreglos de fachadas y cubiertas, rehabilitación para adecuación de habitabilidad y supresión de barreras arquitectónicas. Los beneficiarios obtienen una subvención del 100% de las tasas municipales de licencia de obras y ocupación de vía pública, una subvención del 2% del presupuesto de ejecución material de la obra (sin límite), ayudas especiales por convenio para edificios de interés arquitectónico y asesoramiento técnico gratuito.
Requisitos
- Edificios cuyo uso sea el de vivienda y estén catalogados con algún grado de protección, o tengan una antigüedad superior a 75 años
- Para viviendas en bloque: antigüedad superior a 50 años y un presupuesto por vivienda superior a 1.202,02 euros (200.000 pesetas)
- Actuaciones informadas favorablemente por los técnicos municipales o asimilados competentes
- Obras dentro de la zona delimitada como suelo urbano consolidado en el Plan Municipal de Valle de Yerri
- Hallarse al corriente de las obligaciones fiscales con el Ayuntamiento de Valle de Yerri
- Estar empadronado en el Valle al tiempo de solicitar la ayuda
- Mantener el empadronamiento un mínimo de cinco años
- Para la subvención del 2%: no haber realizado otras obras de rehabilitación en el mismo inmueble durante el ejercicio anual
- No tratarse de obras en edificios declarados fuera de ordenación, ni de habilitación o decoración privativa de locales interiores, ni de demolición o modificación sustancial de fachada sin cumplir condiciones, ni aumento de volumen o superficie construida
- Garantizar la coherencia técnica y constructiva con el estado del edificio y la recuperación de diseños originales de fachada
Documentación necesaria
- Instancia de solicitud de licencia de obras y de ayudas, indicando tipo de obras, entidad bancaria y número de cuenta, y plazo de ejecución
- Fotocopia del DNI del propietario o representante de la comunidad y certificado de empadronamiento
- Acuerdo de la comunidad de propietarios que decida la realización de las obras, nombre un representante y establezca el porcentaje de participación
- Justificante de representación, si el solicitante representa a alguien
- Memoria descriptiva de las obras a realizar con calidad de materiales
- Croquis del estado actual y propuesto, a poder ser acotado
- Presupuesto detallado de la obra con mediciones, calidades y precios unitarios
- Proyecto técnico (4 copias) y certificado final de obra cuando las obras afecten a estructura, fachadas o distribución interior
- Documentación adicional (fotografías) si los servicios técnicos lo solicitan puntualmente
Cómo solicitar
- 1Presentar la solicitud en el Registro General del Ayuntamiento de Valle de Yerri, junto con la solicitud de Licencia de obras o en el mes inmediatamente posterior
- 2Aportar la documentación requerida
- 3Obtener informe previo favorable del departamento municipal o asimilado competente
- 4Ejecutar las obras conforme a la licencia y las condiciones del expediente
- 5Una vez terminada la obra, comunicar al Ayuntamiento para que se practique visita de inspección
- 6El Ayuntamiento emite informe final favorable sobre el cumplimiento de las condiciones del expediente
- 7La Junta de Gobierno Local aprueba y ordena el pago de la ayuda, previa fiscalización de la Intervención
Dónde: Registro General del Ayuntamiento de Valle de Yerri
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