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Ayuntamiento del Valle de Egüés

Ordenanza general de subvenciones del ayuntamiento del Valle de Egüés

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Descripción

Marco regulador general para la concesión de subvenciones por parte del Ayuntamiento del Valle de Egüés, aplicable supletoriamente a las ordenanzas específicas. Establece las bases para ayudas en régimen de concurrencia competitiva en materias social, empleo, comercio, educación, urbanismo, cultura y deportes, destinadas a personas físicas, jurídicas o entidades sin personalidad que realicen proyectos o actividades de interés general en el municipio.

Requisitos

  • Competencia del órgano administrativo concedente
  • Existencia de crédito adecuado y suficiente
  • Tramitación del procedimiento conforme a la normativa aplicable
  • Fiscalización previa de los actos administrativos de contenido económico
  • Aprobación del gasto por el órgano competente
  • Que la actividad, proyecto o situación a subvencionar radique en el término municipal del Valle de Egüés o beneficie directa o indirectamente al interés municipal
  • No estar incurso en las circunstancias previstas en el artículo 13 de la Ley General de Subvenciones
  • Hallarse al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social
  • No tener deudas por reintegro de subvenciones con el Ayuntamiento
  • No estar incurso en procedimientos de cobro por vía de apremio por deudas con el Ayuntamiento
  • Las actividades deben ser abiertas a la ciudadanía en general
  • Las actividades no deben incluir actos de carácter político o reivindicativo ni atentar contra la libertad de los ciudadanos o la Constitución

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Fuente oficial https://www.valledeegues.com/wp-content/uploads/2026/01/28.ord_gral_subvenciones.pdfDatos extraídos el 21 ago 2026 · verifica siempre la convocatoria vigente
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