Ayudalíza
Ayuntamiento de Siero

Ordenanza general de subvenciones

Estadodesconocido

Análisis con IA para tu perfil

Mira un breve anuncio y la IA evaluará tu compatibilidad con esta ayuda (nivel, puntuación y explicación) — o evita los anuncios con Premium.

o hazte Premium · 1,50€/mes

Descripción

Normativa general del Ayuntamiento de Siero que regula el régimen jurídico, procedimientos de concesión (concurrencia competitiva, directa y convocatoria abierta), gestión, justificación y pago de las subvenciones municipales destinadas a personas físicas, jurídicas o agrupaciones para la realización de proyectos o actividades de utilidad pública o interés social (culturales, deportivas, sociales, de participación ciudadana, etc.), sin determinar convocatorias, importes ni plazos concretos al ser una ordenanza marco.

Requisitos

  • Para personas físicas: empadronamiento en el municipio de Siero cuando así lo prevea la convocatoria correspondiente.
  • Las personas jurídicas deberán estar legalmente constituidas e inscritas en el Registro Municipal de Asociaciones de Siero, con sus datos actualizados, salvo exención prevista en la convocatoria.
  • Las personas jurídico privadas deben tener domicilio social en Siero.
  • La actividad subvencionada debe tener cabida dentro del objeto o fines sociales del beneficiario.
  • En caso de agrupaciones sin personalidad jurídica, debe nombrarse un representante o apoderado único con poderes suficientes y constar los compromisos de ejecución y el importe de subvención asignado a cada miembro.
  • No estar incurso en ninguna de las causas de prohibición del artículo 13.2 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones.
  • Los empleados municipales y de Organismos Autónomos, así como los miembros electivos de la Corporación, quedan generalmente excluidos como beneficiarios, salvo que por la naturaleza de la subvención no exista conflicto de intereses.
  • Los menores de edad o personas sin capacidad de obrar deberán actuar a través de su representante legal.

Documentación necesaria

  • Solicitud cumplimentada conforme al modelo de cada convocatoria.
  • Documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos del beneficiario (empadronamiento, inscripción registral, representación legal, etc.).
  • Documentación complementaria exigida en cada convocatoria específica.
  • Documentación acreditativa para la justificación de la subvención según el artículo 29 de la Ordenanza.

Cómo solicitar

  1. 1Consultar la convocatoria específica correspondiente publicada por el Servicio Municipal u Organismo Autónomo competente.
  2. 2Presentar la solicitud en el plazo y forma establecidos en la convocatoria, junto con la documentación requerida.
  3. 3Subsanar las deficiencias de la solicitud o documentación en el plazo conferido (artículo 18).
  4. 4Fase de instrucción por el órgano competente, con evaluación conforme a los criterios de la convocatoria (artículo 19).
  5. 5Resolución del procedimiento por el órgano competente (artículo 20), previa reformulación si procede (artículo 21).
  6. 6Ejecución de la actividad o proyecto subvencionado.
  7. 7Justificación de la subvención ante el Ayuntamiento u Organismo Autónomo en los plazos y con la documentación establecida (artículos 28 y 29).
  8. 8Pago de la subvención tras la comprobación de la documentación justificativa (artículos 31 y 32).

Dónde: Registro del Ayuntamiento de Siero o de sus Organismos Autónomos, o sede electrónica municipal, según determine cada convocatoria específica.

Pregunta sobre esta ayuda

Resuelve dudas sobre requisitos, plazos o cómo solicitarla. Respuestas orientativas.

El agente inteligente está suspendido temporalmente. Pronto estará disponible desde la app.

Descargar la app
Fuente oficial https://www.ayto-siero.es/descarga/95/ordenanzas/5406/ordenanza-general-de-subvenciones.pdfDatos extraídos el 21 ago 2026 · verifica siempre la convocatoria vigente
Ir a la convocatoria

Ayudalíza es una herramienta orientativa. No tramita ni gestiona ayudas, ni sustituye a la información oficial.