Ordenanza general de subvenciones
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Descripción
Normativa general del Ayuntamiento de Siero que regula el régimen jurídico, procedimientos de concesión (concurrencia competitiva, directa y convocatoria abierta), gestión, justificación y pago de las subvenciones municipales destinadas a personas físicas, jurídicas o agrupaciones para la realización de proyectos o actividades de utilidad pública o interés social (culturales, deportivas, sociales, de participación ciudadana, etc.), sin determinar convocatorias, importes ni plazos concretos al ser una ordenanza marco.
Requisitos
- Para personas físicas: empadronamiento en el municipio de Siero cuando así lo prevea la convocatoria correspondiente.
- Las personas jurídicas deberán estar legalmente constituidas e inscritas en el Registro Municipal de Asociaciones de Siero, con sus datos actualizados, salvo exención prevista en la convocatoria.
- Las personas jurídico privadas deben tener domicilio social en Siero.
- La actividad subvencionada debe tener cabida dentro del objeto o fines sociales del beneficiario.
- En caso de agrupaciones sin personalidad jurídica, debe nombrarse un representante o apoderado único con poderes suficientes y constar los compromisos de ejecución y el importe de subvención asignado a cada miembro.
- No estar incurso en ninguna de las causas de prohibición del artículo 13.2 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones.
- Los empleados municipales y de Organismos Autónomos, así como los miembros electivos de la Corporación, quedan generalmente excluidos como beneficiarios, salvo que por la naturaleza de la subvención no exista conflicto de intereses.
- Los menores de edad o personas sin capacidad de obrar deberán actuar a través de su representante legal.
Documentación necesaria
- Solicitud cumplimentada conforme al modelo de cada convocatoria.
- Documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos del beneficiario (empadronamiento, inscripción registral, representación legal, etc.).
- Documentación complementaria exigida en cada convocatoria específica.
- Documentación acreditativa para la justificación de la subvención según el artículo 29 de la Ordenanza.
Cómo solicitar
- 1Consultar la convocatoria específica correspondiente publicada por el Servicio Municipal u Organismo Autónomo competente.
- 2Presentar la solicitud en el plazo y forma establecidos en la convocatoria, junto con la documentación requerida.
- 3Subsanar las deficiencias de la solicitud o documentación en el plazo conferido (artículo 18).
- 4Fase de instrucción por el órgano competente, con evaluación conforme a los criterios de la convocatoria (artículo 19).
- 5Resolución del procedimiento por el órgano competente (artículo 20), previa reformulación si procede (artículo 21).
- 6Ejecución de la actividad o proyecto subvencionado.
- 7Justificación de la subvención ante el Ayuntamiento u Organismo Autónomo en los plazos y con la documentación establecida (artículos 28 y 29).
- 8Pago de la subvención tras la comprobación de la documentación justificativa (artículos 31 y 32).
Dónde: Registro del Ayuntamiento de Siero o de sus Organismos Autónomos, o sede electrónica municipal, según determine cada convocatoria específica.
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