Convocatoria de ayudas a las entidades asociativas agrarias para la colaboración en la prestación de servicios de asesoramiento que incluya la gestión técnico-económica, a las explotaciones agrarias en la Comunidad Autónoma de Cantabria para el año 2026
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Descripción
Subvenciones en régimen de concurrencia competitiva destinadas a cooperativas agrarias y organizaciones profesionales agrarias reconocidas como entidades de asesoramiento, para que presten servicios de asesoramiento con gestión técnico-económica a explotaciones agrarias en Cantabria durante 2026. La ayuda es de 350 € por explotación asesorada/año, con un máximo de 150.000 € por entidad beneficiaria y un presupuesto total de 456.000 €.
Requisitos
- Ser cooperativa agraria u organización profesional agraria reconocida como entidad de asesoramiento por la Dirección General de Desarrollo Rural
- Ser microempresa o pequeña y mediana empresa (PYME) activa en el sector agrario, o joven agricultor
- No estar sujeta a una orden de recuperación pendiente tras decisión de la Comisión Europea que declare una ayuda ilegal e incompatible con el mercado interior
- No tratarse de empresa en crisis conforme al artículo 2.14 del Reglamento (UE) nº 702/2014
- No estar incursa en ninguna causa de incompatibilidad o prohibición para obtener subvenciones según el artículo 12.2 y 3 de la Ley de Cantabria 10/2006
- La afiliación a la entidad beneficiaria no será condición para acceder a los servicios subvencionados
- Para subvenciones superiores a 30.000 €, no incumplir los plazos de pago previstos en la Ley 3/2004 cuando aplique
- Para ayudas ≥ 100.000 €, publicar las retribuciones anuales e indemnizaciones de los órganos de administración conforme a la Ley de Cantabria 1/2018 de Transparencia
- Realizar un mínimo de 75 servicios por entidad beneficiaria
Documentación necesaria
- Solicitud conforme al modelo del anexo I
- Acta de constitución, estatutos originales y modificaciones, salvo que ya obren en poder de la Consejería
- Certificación del acta de la reunión del órgano de gobierno acordando solicitar la ayuda
- Acreditación de la representación de la persona solicitante
- Contratos de trabajo o de prestación de servicios con los agentes que realicen el asesoramiento o coordinación, y certificado del número de horas de dedicación
- Relación de titulares de explotaciones a asesorar con nombre, NIF, domicilio y CEA, conforme al modelo del anexo II
- Currículum del personal contratado para las labores de asesoramiento (datos identificativos, titulación, especialización y cursos)
- Documentos firmados por los titulares de las explotaciones conforme al modelo del anexo III, con sus compromisos
- Declaraciones firmadas por el representante de la entidad sobre otras subvenciones y cumplimiento de requisitos (anexo I)
- Certificado de titularidad bancaria firmado electrónicamente por la entidad financiera
- Certificados de estar al corriente con la Hacienda Pública Estatal, Autonómica y con la Seguridad Social (autorizados o aportados si se deniega el consentimiento)
Cómo solicitar
- 1Cumplimentar la solicitud según el modelo del anexo I de la Resolución
- 2Reunir la documentación requerida (según artículo 6 de la Orden MED/28/2017 y apartados 4 del resuelvo cuarto)
- 3Presentar la solicitud dirigida a la persona titular de la Consejería de Desarrollo Rural, Ganadería, Pesca y Alimentación
- 4Registrar la solicitud en el Registro Electrónico General de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria o en los lugares previstos en el artículo 134.8 de la Ley de Cantabria 5/2018
- 5Esperar la evaluación por el Comité de Selección conforme a los criterios del resuelvo sexto
- 6Subsanar, en su caso, los requerimientos recibidos y presentar alegaciones a la propuesta de resolución provisional
- 7Recibir notificación individual de la resolución definitiva en el plazo máximo de cuatro meses desde la publicación del extracto en el BOC
Dónde: Registro Electrónico General de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria (o cualquiera de los lugares establecidos en el artículo 134.8 de la Ley de Cantabria 5/2018)
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