Acuerdo por el cual se aprueban las Bases de la convocatoria de ayudas para el desarrollo rural de la isla de Menorca por el periodo 2023-2027, vinculadas a proyectos relacionados con los ámbitos agrario y/o ambiental y enmarcados en la Estrategia de Desa
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Descripción
Convocatoria de ayudas LEADER para proyectos de desarrollo rural en la isla de Menorca (periodo 2023-2027) en los ámbitos agrario y/o ambiental, cofinanciada por FEADER (40%), AGE (8%) y CAIB (52%). La primera convocatoria dispone de un importe máximo de 990.000 € (200.000 € en 2026 y 790.000 € en 2027) dirigida a personas físicas o jurídicas que ejecuten proyectos en municipios de Menorca.
Requisitos
- Tener al menos 18 años en caso de personas físicas
- Obtener una puntuación mínima de 30 puntos según los criterios de selección del Anexo I
- No ser una empresa en crisis según las directrices comunitarias sobre ayudas estatales de salvamento y reestructuración (2014/C249/01)
- Cumplir los requisitos del artículo 5 de la Orden 10/2023 de la consejera de Agricultura, Pesca y Alimentación
- Cumplir los requisitos del Decreto Legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de subvenciones
- No estar incurso en las prohibiciones de los apartados 1 y 2 del artículo 10 del Texto refundido de la Ley de subvenciones
- No haber sido sancionado o condenado en los últimos 3 años por prácticas laborales discriminatorias por razón de sexo o género (Ley 11/2016)
- No ser administración pública de carácter local o autonómico
- El proyecto debe localizarse en la zona elegible de la EDLP-Rural de Menorca (municipios de Alaior, Ciutadella, Es Castell, Es Mercadal, Es Migjorn Gran, Ferreries, parte de Maó y Sant Lluís)
- Tener un importe mínimo de inversión de 5.000 €
- Ser viable técnica, financiera y económicamente
- Contribuir a los objetivos de la EDLP-Rural aprobada para la zona rural de Menorca
- Estar al corriente de las obligaciones tributarias (estatales y autonómicas) y con la Seguridad Social
Documentación necesaria
- Memoria o plan empresarial que incluya las inversiones a financiar y su contribución a las medidas auxiliables
- Certificaciones de estar al corriente de las obligaciones tributarias (estatales y autonómicas)
- Certificación de estar al corriente de las obligaciones con la Seguridad Social
- Declaración responsable de no estar incurso en prohibiciones del artículo 10 del Texto refundido de la Ley de subvenciones
- Declaración responsable cuando el solicitante no esté obligado a presentar declaraciones tributarias
- Documentación acreditativa del cumplimiento de los plazos de pago previstos en la Ley 3/2004 (para subvenciones superiores a 30.000 €)
- Compromisos de ejecución y nombramiento de representante o apoderado único (en caso de comunidades de bienes o agrupaciones sin personalidad jurídica)
- Documentación justificativa de los gastos subvencionables (nóminas, facturas de inversiones, contratos de arrendamiento financiero, honorarios técnicos, etc.)
Cómo solicitar
- 1Consultar las bases reguladoras y la convocatoria publicada en el BOIB
- 2Verificar que el proyecto se localiza en la zona elegible de la EDLP-Rural de Menorca
- 3Elaborar la memoria o plan empresarial del proyecto
- 4Cumplimentar la solicitud y reunir la documentación requerida
- 5Presentar la solicitud ante el órgano competente (FOGAIBA / Associació Leader Illa de Menorca) dentro del plazo habilitado
- 6Esperar la visita de inspección previa del GAL o FOGAIBA para inversiones en activos físicos (verificación de no inicio material)
- 7Subsanar, en su caso, los defectos formales detectados en la solicitud
- 8Recibir la propuesta de resolución con la puntuación obtenida en aplicación de los criterios de selección
- 9Ejecutar las inversiones y justificar los gastos dentro del plazo establecido
- 10Solicitar el pago de la subvención una vez finalizadas y pagadas las inversiones
Dónde: FOGAIBA / Associació Leader Illa de Menorca (sede electrónica o registro del órgano competente)
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