CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES EN RÉGIMEN DE CONCURRENCIA COMPETITIVA PARA EL SECTOR DEL TAXI ADAPTADO A PMR ANUALIDAD 2026
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Descripción
Subvenciones en concurrencia competitiva para personas físicas titulares de licencias de auto-taxi en la isla de Fuerteventura, destinadas a financiar proyectos de adquisición, adaptación o mejora de vehículos autotaxi adaptados al transporte de personas con movilidad reducida (PMR). La dotación total es de 24.000 €, con un máximo por beneficiario del 50% del coste y límites de hasta 7.800 € (adquisición), 3.600 € (adaptación) y 2.400 € (mejora de accesibilidad).
Requisitos
- Ser persona física titular de una licencia de auto-taxi en la isla de Fuerteventura (art. 11 de la Ley 38/2003 y Decreto 74/2012)
- Cumplir los requisitos establecidos en los apartados 4, 5 y 6 de las Bases Reguladoras de Subvención para el Sector del Taxi
Documentación necesaria
- Instancia de solicitud de subvención debidamente cumplimentada y firmada (Anexo I)
- Declaración Jurada debidamente cumplimentada y firmada (Anexo II.1 y II.2)
- Fotocopia compulsada del DNI de la persona titular de la licencia de auto-taxi
- Declaración responsable debidamente cumplimentada y firmada (Anexo III)
- Licencia municipal de auto-taxi
- Autorización administrativa serie VT vigente
- Ficha técnica del vehículo según la categoría (sustituir, adaptar o ya adaptado)
- Certificado de Homologación del vehículo
- Memoria explicativa del proyecto (Anexo IV)
- Presupuesto de ingresos y gastos desglosado (Anexo V) o facturas proforma
- Certificados de estar al corriente de las obligaciones tributarias (Hacienda Estatal y Hacienda Canaria) y frente a la Seguridad Social (Anexo VI)
- Documento de alta o modificaciones de terceros (si no se presentó anteriormente o se han modificado datos)
Cómo solicitar
- 1Cumplimentar y firmar la instancia de solicitud (Anexo I) y la documentación requerida
- 2Presentar la solicitud y la documentación en el registro del Cabildo Insular de Fuerteventura dentro del plazo de 15 días hábiles desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria en el BOPLP
- 3Esperar la instrucción del expediente por el Servicio de Transportes, Comunicaciones y Accesibilidad
- 4El Consejo de Gobierno Insular resolverá en un solo acto la convocatoria, con la relación de solicitantes beneficiarios, importes concedidos y desestimaciones
- 5Una vez concedida, presentar la documentación justificativa en un plazo máximo de 3 meses desde la fecha de publicación de la convocatoria
Dónde: Registro del Excmo. Cabildo Insular de Fuerteventura (la convocatoria no especifica sede electrónica concreta; se rige por lo indicado en los apartados 9.5 y 9.8 de las Bases Reguladoras)
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