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VICECONSEJERÍA DE CULTURA Y DEPORTES

SUBVENCIONES DESTINADAS A LA PRODUCCIÓN DE LARGOMETRAJES EN CLM AÑO 2026.

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Descripción

Subvenciones destinadas a la producción de largometrajes de ficción, documental o animación en Castilla-La Mancha, con el fin de fomentar y promocionar el sector audiovisual regional. La ayuda financia hasta el 75% del gasto subvencionable del presupuesto, con un máximo de 100.000 € por proyecto, dirigida a productoras cinematográficas y/o audiovisuales independientes.

Requisitos

  • Ser persona física o jurídica privada, titular de empresa de producción cinematográfica y/o audiovisual con la condición de independiente conforme al artículo 4.n) de la Ley 55/2007, del Cine
  • No ser asociación, entidad sin ánimo de lucro, ni agrupación sin personalidad jurídica propia (se exceptúan las Agrupaciones de Interés Económico, AIE)
  • En coproducciones: participación mínima del 20% en el coste total del proyecto
  • Tener domicilio fiscal en Castilla-La Mancha, o bien que el proyecto esté relacionado con la identidad castellanomanchega y el rodaje se realice al menos en un 40% en Castilla-La Mancha (para documental o animación, al menos el 40% de los recursos técnicos y humanos deben estar establecidos en Castilla-La Mancha)
  • Estar en alta en el Impuesto de Actividades Económicas en el epígrafe 961 (producción y servicios relacionados con películas cinematográficas) durante algún periodo en los tres años previos a la publicación de la convocatoria
  • Estar inscrito en la sección primera del Registro de Empresas Cinematográficas y Audiovisuales del ICAA
  • Ser titular de los derechos de propiedad de las obras audiovisuales producidas
  • Hallarse al corriente de las obligaciones tributarias (con la Administración estatal y autonómica), con la Seguridad Social y de reintegro de subvenciones
  • No estar incurso en incompatibilidades de la Ley 11/2003, de Gobierno y Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha
  • No ser titular de cargo electivo regulado en la Ley 5/1986, Electoral de Castilla-La Mancha
  • No concurrir en ninguna de las circunstancias del artículo 13.2 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones
  • Disponer de un plan de prevención de riesgos laborales y no haber sido sancionado por falta muy grave en dicha materia en el año anterior
  • No estar sujeto a orden de recuperación pendiente de la Comisión Europea por ayuda ilegal e incompatible con el mercado interior, ni encontrarse en crisis
  • No haber sido sancionado por resolución administrativa firme o condenado por sentencia judicial firme por prácticas laborales discriminatorias
  • Cumplir los plazos de pago del artículo 13.3.bis de la Ley 38/2003 para subvenciones superiores a 30.000 euros

Documentación necesaria

  • Documento acreditativo de la representación en aquellos supuestos en los que la persona firmante de la solicitud actúe en representación
  • Declaraciones responsables de los requisitos previstos en los párrafos a), c), d), f), g), h), i), j), k) y l) del apartado 4 del ordinal tercero
  • Acreditación del alta en el IAE epígrafe 961 (o autorización para comprobación de oficio)
  • Declaración responsable de estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social
  • Acreditación del cumplimiento de los plazos de pago (art. 13.3.bis Ley 38/2003) en el plazo de 10 días hábiles desde la notificación de la propuesta de resolución provisional
  • Datos para la valoración del proyecto incluidos en el formulario de solicitud

Cómo solicitar

  1. 1Acceder al formulario habilitado en la Sede Electrónica de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (https://www.jccm.es)
  2. 2Cumplimentar el formulario de solicitud y firmar electrónicamente
  3. 3Adjuntar la documentación requerida como archivos digitalizados
  4. 4Presentar la solicitud telemáticamente dentro del plazo de 10 días hábiles a partir del día siguiente a la publicación de la convocatoria y de su extracto en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha
  5. 5En caso de defectos formales o falta de documentos, subsanar en el plazo de 10 días hábiles desde la notificación del requerimiento
  6. 6Darse de alta en la Plataforma de Notificaciones Telemáticas de la JCCM (https://notifica.jccm.es/notifica/) para recibir las notificaciones electrónicas
  7. 7Esperar la resolución de la convocatoria tramitada en régimen de concurrencia competitiva

Dónde: Sede Electrónica de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (https://www.jccm.es), mediante formulario telemático con firma electrónica

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Fuente oficial https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/925802Datos extraídos el 21 ago 2026 · verifica siempre la convocatoria vigente
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