Extracto de las bases de la convocatoria de subvenciones por nacimiento o adopción, destinadas a unidades familiares domiciliadas en Cinctorres para el ejercicio 2026, por el procedimiento de concurrencia competitiva
Próximamente · pendiente de publicación oficial
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Descripción
Ayudas económicas por nacimiento o adopción destinadas a unidades familiares empadronadas de forma ininterrumpida en el municipio de Cinctorres (Castellón), con el objetivo de incentivar la natalidad, apoyar la conciliación familiar y colaborar en los gastos derivados del nacimiento o adopción de uno o más hijos/as. La convocatoria cuenta con una dotación económica total máxima de 2.400 € (la resolución de Alcaldía aprueba un gasto inicial de 1.800 €), sin importe unitario por beneficiario publicado en el texto.
Requisitos
- Acreditar vecindad administrativa ininterrumpida del solicitante en el municipio de Cinctorres desde el 1 de enero y hasta la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes
- Ser progenitor o adoptante titular del libro de familia en el que figure registrado el nacimiento o adopción
- Convivir con el/los hijo/a/os/as que motivan la prestación en la fecha de solicitud de la ayuda
- No estar privado total o parcialmente de la patria potestad de sus hijos/as, ni tener la tutela asumida por una institución pública
- No estar incurso en ninguna de las prohibiciones del artículo 13.2 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones
- El nacimiento o adopción debe haberse producido entre el 1 de enero y la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes
Documentación necesaria
- Fotocopia del DNI o NIE del solicitante y de su pareja (ciudadanos comunitarios: NIE en vigor o certificado de Registro de Ciudadanos de la Unión y pasaporte en vigor)
- Certificado de inscripción del nacimiento en el Registro Civil
- Certificado de alta en el padrón municipal de habitantes de Cinctorres del hijo/a que motiva la prestación
- Volante actualizado de empadronamiento del solicitante con fecha expresa de antigüedad en el municipio y constancia de convivencia con los hijos/as
- Declaración responsable de no estar incurso en las prohibiciones del artículo 13.2 de la Ley 38/2003, según Anexo II
- Ficha de mantenimiento de terceros en modelo-tipo (Anexo III)
- Cualquier documentación adicional que el Ayuntamiento estime oportuna para la adecuada valoración de la solicitud
Cómo solicitar
- 1Cumplimentar el modelo oficial de solicitud que figura como Anexo de la convocatoria
- 2Dirigir la solicitud a la Alcaldía-Presidencia del Ayuntamiento de Cinctorres
- 3Reunir toda la documentación acreditativa exigida en la convocatoria
- 4Presentar la solicitud y la documentación en el Registro de entrada del Ayuntamiento de Cinctorres o por cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015
- 5En caso de que la solicitud no reúna los requisitos, subsanar en el plazo máximo e improrrogable de 10 días hábiles tras el requerimiento, para no ser tenido por desistido
- 6Esperar la resolución de la Alcaldía, que se notificará/publicará en la página web institucional del Ayuntamiento de Cinctorres
- 7Aceptar expresamente la subvención concedida o renunciar a ella en el plazo máximo de 15 días desde la notificación
Dónde: Registro de entrada del Ayuntamiento de Cinctorres o por cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015 (registros electrónicos oficiales, oficinas de Correos, representaciones diplomáticas, etc.)
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