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AYUNTAMIENTO DE CUMBRES MAYORES

CONVOCATORIA "CHEQUE BEBÉ 2025"

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Descripción

Ayuda directa de 1.000 euros por beneficiario concedida por el Ayuntamiento de Cumbres Mayores para fomentar la natalidad y hacer frente al reto demográfico, dirigida a matrimonios, parejas de hecho o familias monoparentales empadronados en el municipio que hayan tenido descendencia (por nacimiento o adopción) a partir del 1 de enero de 2025 y no hayan sido beneficiarios de otras ayudas por el mismo concepto.

Requisitos

  • Residir efectivamente en Cumbres Mayores y estar empadronado en el municipio los dos progenitores, adoptantes y/o tutores con una antigüedad de 12 meses, o al menos uno de ellos, previo al nacimiento o adopción del hijo/a
  • Que el hijo/a para el que se solicita la ayuda esté empadronado en Cumbres Mayores, en el domicilio del solicitante en el momento de la solicitud
  • Mantener los requisitos de empadronamiento durante los dos años siguientes a la resolución de concesión (el Ayuntamiento podrá solicitar el reintegro si no se cumple, salvo casos debidamente justificados)
  • Que el nacimiento o adopción se haya producido entre el 1 de enero de 2025 y el 31 de diciembre de 2025
  • En caso de adopción, el límite de edad del menor será de seis años
  • No estar incurso en ninguna de las causas fijadas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones
  • No haber sido beneficiario de otras ayudas o subvenciones por el mismo concepto

Documentación necesaria

  • Solicitud suscrita por el interesado o por quien ostente la representación legal, según modelo normalizado (Anexo I)
  • Fotocopia del DNI o Tarjeta de residencia en vigor del padre/madre/tutor/a
  • Fotocopia del Libro de Familia o documentación equivalente (todas las hojas de los miembros de la unidad familiar); excepcionalmente, documento acreditativo de nacimiento o adopción
  • Certificado de empadronamiento colectivo que incluya al bebé, o autorización para su expedición por el Ayuntamiento
  • Datos bancarios del solicitante (fotocopia de la primera hoja de la cartilla o certificado de titularidad bancaria)
  • En caso de separación o divorcio: convenio regulador o sentencia de separación o divorcio
  • En caso de padres separados de hecho: documentación justificativa de dicha situación
  • Certificado de estar al corriente de obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, o declaración responsable sustitutiva (Anexo II)
  • Cuenta justificativa del reconocimiento de la obligación, con detalle de gastos y documentación demostrativa, según modelo (Anexo III)

Cómo solicitar

  1. 1Recoger y cumplimentar el modelo de solicitud normalizado (Anexo I), junto con la declaración responsable (Anexo II) y la cuenta justificativa (Anexo III)
  2. 2Reunir la documentación requerida
  3. 3Presentar la solicitud dirigida a la Alcaldesa del Ayuntamiento en el Registro de entrada del Ayuntamiento de Cumbres Mayores, o por cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015
  4. 4Si la solicitud no reúne los requisitos, el órgano competente requerirá al interesado para que subsane en un plazo máximo e improrrogable de 10 días; si no lo hace, se le tendrá por desistido
  5. 5El órgano instructor (Concejala Delegada de Bienestar Social y Deportes) evaluará las solicitudes y podrá solicitar cuantos informes estime necesarios
  6. 6La Comisión de evaluación examinará las solicitudes y formulará propuesta de resolución provisional, que se notificará a los interesados con un plazo de 10 días para alegaciones
  7. 7Se notificará la propuesta de resolución definitiva a los propuestos beneficiarios, que dispondrán de 5 días para comunicar su aceptación
  8. 8La Alcaldía dictará resolución definitiva en el plazo máximo de 1 mes; el vencimiento sin notificación se entenderá como desestimación por silencio administrativo

Dónde: Registro de entrada del Ayuntamiento de Cumbres Mayores (Plaza España, 1, 21380 Huelva), o por cualquiera de los medios señalados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común

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Fuente oficial https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/925712Datos extraídos el 21 ago 2026 · verifica siempre la convocatoria vigente
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