Bases de las Becas Escolares 2024-25
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Descripción
Ayudas municipales destinadas a sufragar el coste de libros y material escolar no cubiertos por el cheque-libro de la Junta de Andalucía, para niños y niñas nacidos entre 2010 y 2022 matriculados en Educación Infantil (2º ciclo), Primaria, Secundaria, Formación Básica Obligatoria o Formación Profesional Básica durante el curso 2025/2026. La ayuda se entrega en forma de cheque de material escolar de 120 € (Infantil 2º ciclo) o 60 € (resto de niveles).
Requisitos
- Tener algún hijo o hija, o ser representante legal de algún niño o niña nacido/a entre los años 2010 y 2022, que vaya a cursar durante el curso 2025/2026 estudios de Educación Infantil (2º ciclo), Educación Obligatoria (Primaria, Secundaria o Formación Básica Obligatoria) o Formación Profesional Básica.
- Estar la unidad familiar empadronada en Lucena o en las barriadas de Jauja y Las Navas del Selpillar, al menos desde el 1 de enero de 2025 (con carácter excepcional, los usuarios de Servicios Sociales podrán acreditar la residencia mediante informe de los Servicios Sociales Municipales).
- Tener un nivel de renta per cápita de la unidad familiar referido a los ingresos del ejercicio anterior igual o inferior al 60% del IPREM correspondiente a dicho año.
- No ser beneficiario de otras ayudas concedidas por cualquier otra Administración Pública para el mismo objeto (se excluyen los 'cheque-libro' de la Junta de Andalucía).
- No concurrir ninguna de las circunstancias previstas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones.
- No haber sido declarado el reintegro de la subvención concedida en convocatorias anteriores, ni hallarse en trámite de expediente de reintegro, ningún miembro de la unidad familiar.
Documentación necesaria
- Modelo de solicitud (Anexo I de la convocatoria) cumplimentado y dirigido al Alcalde del Ayuntamiento.
- DNI/NIE del solicitante (documento que acredite la personalidad).
- Certificado de empadronamiento histórico colectivo de la unidad familiar (aportado de oficio por la Administración).
- En su caso, documentación acreditativa de la renta familiar cuando la Agencia Estatal de Administración Tributaria no disponga de los datos de la unidad familiar.
- En su caso, informe de los Servicios Sociales Municipales para acreditar la residencia en supuestos excepcionales.
- Certificado de matrícula del centro educativo cuando no pueda obtenerse de oficio.
Cómo solicitar
- 1Cumplimentar el modelo de solicitud que figura como Anexo I de la convocatoria.
- 2Dirigir la solicitud al Alcalde del Ayuntamiento de Lucena.
- 3Acompañar la solicitud del DNI/NIE del solicitante (el Ayuntamiento aporta de oficio el certificado de empadronamiento histórico colectivo).
- 4Presentar la solicitud en el Registro de Entrada del Ayuntamiento de forma presencial o telemática en www.aytolucena.es/sede, o por cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015.
- 5Esperar la publicación del listado provisional de admitidos/excluidos en el Tablón de Edictos de la Sede Electrónica y, en su caso, subsanar la documentación requerida.
- 6Consultar la resolución definitiva publicada en el Tablón de Edictos de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Lucena.
- 7Recoger el 'cheque de material escolar' en la Delegación de Educación y Familias en el plazo máximo de un mes desde la resolución, suscribiendo la cesión de pago a favor de la papelería elegida.
Dónde: Registro de Entrada del Ayuntamiento de Lucena (presencial o telemáticamente en www.aytolucena.es/sede), o por cualquiera de los medios señalados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015.
Pregunta sobre esta ayuda
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