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Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad - Secretaría General de Familias, Igualdad, Violencia de Género y Diversidad (Junta de Andalucía)

Subvención de la Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad – Programa El barrio que quieres

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Descripción

Resolución que concede subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, a entidades locales (ayuntamientos) de Andalucía para proyectos de promoción de la participación ciudadana (creación y dinamización de Consejos Locales de Infancia y Adolescencia, Consejos Locales de Juventud, Escuelas de Participación, presupuestos participativos, etc.). Cada ayuntamiento beneficiario recibe una subvención que oscila entre aproximadamente 2.226 € y 3.782 €, destinada a financiar gastos de personal y corrientes del proyecto aprobado.

Requisitos

  • Ser entidad local (ayuntamiento) de Andalucía
  • Cumplir los requisitos establecidos en las bases reguladoras (Orden de 20 de julio de 2021)
  • Que la actividad sea subvencionable dentro de la línea de participación ciudadana
  • Haber presentado la solicitud dentro del plazo establecido en la convocatoria
  • Haber superado la evaluación de la Comisión de Valoración conforme a los criterios del cuadro resumen de las bases reguladoras

Documentación necesaria

  • Solicitud de subvención conforme al formulario tipo
  • Documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos exigidos en las bases reguladoras
  • Memoria y presupuesto desglosado de la actividad o proyecto para el que se solicita la subvención
  • Documentación acreditativa de la personalidad jurídica de la entidad solicitante
  • Aceptación de la subvención
  • Documentación de subsanación, en su caso, tras el requerimiento de la Consejería
  • Alegaciones y documentación complementaria en el trámite de audiencia, si procede

Cómo solicitar

  1. 1Presentar la solicitud y documentación dentro del plazo establecido en la convocatoria (Orden de 17 de julio de 2024)
  2. 2Subsanar las deficiencias comunicadas por la Consejería en caso de requerimiento
  3. 3Esperar la evaluación por la Comisión de Valoración y la publicación de la propuesta provisional en la web de la Consejería
  4. 4Presentar alegaciones, reformulación, aportación de documentación adicional y aceptación durante el trámite de audiencia
  5. 5Publicación de la propuesta definitiva y de la resolución de concesión
  6. 6Ejecutar el proyecto en el plazo indicado en el anexo de la resolución
  7. 7Justificar la subvención en el plazo máximo de tres meses desde la finalización del plazo de ejecución, según el apartado 26 del cuadro resumen de las bases reguladoras

Dónde: Registro de la Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad (sede en Av. Hytasa, 14, 41071 Sevilla) o a través de los medios electrónicos habilitados por la Junta de Andalucía

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Fuente oficial https://montilla.es/wp-content/uploads/2025/01/RESOLUCION-EBQQ-2025.pdfDatos extraídos el 14 ago 2026 · verifica siempre la convocatoria vigente
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