Bases de la convocatoria de subvenciones municipales 2021 diligenciadas y firmadas
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Descripción
Subvenciones en régimen de concurrencia competitiva destinadas a asociaciones sin ánimo de lucro inscritas en el Registro Municipal de Entidades Ciudadanas de Puente Genil para financiar proyectos en seis líneas de actuación (Juventud, Cultura/Educación/Promoción al Flamenco, Deportes, Cooperación al Desarrollo, Igualdad y Bienestar Social/Mayores), con un presupuesto total de 70.000€ y un máximo de 25.000€ por línea (Cultura/Educación/Flamenco).
Requisitos
- Ser asociación sin ánimo de lucro
- Estar inscrita en el Registro Municipal de Entidades Ciudadanas del Ayuntamiento de Puente Genil (o haber solicitado la inscripción)
- Tener capacidad de obrar y encontrarse formalmente constituida
- Acreditar que el objeto social de la entidad se ajusta a los fines de la convocatoria
- Estar inscrita en el Registro Oficial correspondiente al objeto de su actividad
- Encontrarse al día en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y de Seguridad Social
- Que la actuación programada sea de interés público para el municipio de Puente Genil
- Carecer de fines de lucro
- No estar incursa en las prohibiciones del artículo 13 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones
- No haber incumplido o justificado anteriores subvenciones concedidas por el Ayuntamiento
- En proyectos con menores, disponer de certificado de los monitores de estar exentos de antecedentes penales por delitos de naturaleza sexual
- No haber recibido asignación nominativa en el Presupuesto Municipal 2021
Documentación necesaria
- Solicitud conforme al modelo del Anexo I, suscrita por la representación legal
- Proyecto de Programa y/o Actividades conforme al Anexo II
- Fotocopia del acta de la Asociación donde se nombre al representante legal
- Declaración Jurada de hallarse al corriente de obligaciones tributarias, fiscales y de Seguridad Social
- Declaración Jurada de no estar incurso en supuestos de prohibición del artículo 13 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones
- Copia autenticada o fotocopia compulsada de los estatutos (solo para asociaciones que concurran por primera vez)
- Copia autenticada o fotocopia compulsada de la inscripción en el registro correspondiente (solo para nuevas)
- Fotocopia compulsada de la tarjeta de identificación fiscal (solo para nuevas)
- Certificado de la cuenta bancaria a nombre de la Asociación (solo para nuevas)
Cómo solicitar
- 1Acceder a la sede electrónica del Ayuntamiento de Puente Genil (http://www.puentegenil.es/sede)
- 2Cumplimentar el formulario electrónico habilitado al efecto con la misma información que la solicitud y anexos
- 3Adjuntar la documentación requerida (Anexo I de solicitud, Anexo II de proyecto y demás documentación)
- 4Firmar electrónicamente la solicitud por la Asociación o su representante legal
- 5Presentar la solicitud a través del registro electrónico del Ayuntamiento de Puente Genil
- 6Conservar el acuse de recibo emitido por el registro electrónico
- 7Esperar la resolución provisional del Alcalde Presidente (plazo máximo de 3 meses desde la finalización del plazo de presentación)
- 8En su caso, presentar alegaciones en el plazo de 10 días hábiles tras la notificación provisional
- 9Consultar la resolución definitiva en la web municipal, tablón de anuncios del Ayuntamiento y tablón de la Casa Ciudadana
- 10Ejecutar el proyecto durante el año 2021 cumpliendo las normas sanitarias COVID-19
- 11Justificar la subvención en el plazo de 3 meses desde la finalización de la actividad, presentando la documentación del Anexo III en la Delegación gestora correspondiente
Dónde: Registro electrónico del Ayuntamiento de Puente Genil a través de la sede electrónica (http://www.puentegenil.es/sede)
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