Ayudalíza
Ayuntamiento de Puente Genil - Delegación de Participación Ciudadana

DECRETO con listado de subsanación de faltas u omisiones de los proyectos para subvenciones de Asociaciones.pdf

ImporteHasta 2500 €
Plazo de solicitudHasta 4 jul 2018
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Descripción

Convocatoria de subvenciones municipales del Ayuntamiento de Puente Genil destinada a asociaciones y entidades sin ánimo de lucro para proyectos en áreas de juventud, cultura/educación/promoción al flamenco, deportes, cooperación al desarrollo, igualdad, bienestar social/mayores y festejos. La cuantía máxima subvencionable por proyecto es de 2.500€, según el artículo 17.1 de las bases reguladoras.

Requisitos

  • Ser asociación o entidad sin ánimo de lucro legalmente constituida
  • Estar inscrita en los registros correspondientes
  • Que las actuaciones de la asociación se enmarquen dentro de los fines y competencias de las áreas convocantes
  • Presentar la solicitud dentro del plazo establecido
  • Disponer de representante legal acreditado mediante acta
  • Que el proyecto se ajuste al Anexo II de la convocatoria
  • Indicar el número de destinatarios del proyecto
  • Presentar cuadro de gastos e ingresos equilibrado
  • Aportar cofinanciación mínima del 25% en algunas áreas (deportes)
  • Justificar documentalmente la experiencia de la entidad en actividades relacionadas con los fines públicos del ámbito competencial del Ayuntamiento

Documentación necesaria

  • Proyecto según Anexo II de la convocatoria
  • Acta de la asociación donde conste el nombramiento del representante legal
  • Certificado de cuenta bancaria a nombre de la asociación
  • Copia de los estatutos de la asociación
  • Copia del CIF
  • Copia compulsada de inscripción en los registros correspondientes
  • Tarjeta de identificación fiscal
  • Cuadro de gastos e ingresos del proyecto
  • Documentos adicionales para asociaciones que concurran por primera vez

Cómo solicitar

  1. 1Presentar la solicitud a través del Registro Electrónico del Ayuntamiento de Puente Genil
  2. 2Firmar digitalmente la solicitud por la asociación o su representante legal
  3. 3Subsanar las faltas u omisiones detectadas en el plazo de 10 días hábiles desde la publicación (del 21 de junio al 4 de julio de 2018)
  4. 4Si no se subsana en plazo, la petición se tendrá por desistida conforme al Artículo 8.2 de las bases reguladoras

Dónde: Registro electrónico del Ayuntamiento de Puente Genil (http://www.puentegenil.es/sede)

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Fuente oficial https://puentegenil.es/wp-content/uploads/2018/06/tabla_subsanacion_asociaciones_2018_rectificada_y_firmada.pdfDatos extraídos el 14 ago 2026 · verifica siempre la convocatoria vigente
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