listado subvenciones a asociaciones 2018 con faltas u omisiones a subsanar
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Descripción
Convocatoria de subvenciones municipales del año 2018 destinada a asociaciones sin ánimo de lucro del municipio de Puente Genil para financiar proyectos en las áreas de Juventud, Cultura/Educación/Promoción al Flamenco, Deportes, Cooperación al Desarrollo, Igualdad, Bienestar Social/Mayores y Festejos. La cuantía máxima por solicitud es de 2.500€ y las asociaciones deben cofinanciar al menos el 25% del proyecto en el ámbito deportivo.
Requisitos
- Ser asociación sin ánimo de lucro inscrita en los registros correspondientes
- Actuaciones enmarcadas en los fines y competencias de las áreas municipales del Ayuntamiento de Puente Genil
- Presentar proyecto conforme al Anexo II con ámbito geográfico, destinatarios, recursos materiales y humanos, y presupuesto desglosado de ingresos y gastos
- No superar los 2.500€ de subvención solicitada (artículo 17.1 de las bases)
- Aportar al menos el 25% de cofinanciación propia en el caso de Deportes
- Disponer de representante legal acreditado mediante acta de nombramiento
- Disponer de experiencia acreditada en actividades, proyectos, estudios o publicaciones relacionadas con los fines públicos del ámbito competencial del Ayuntamiento
- Indicar el número de destinatarios a los que va dirigido el proyecto
- Suscripción de solicitud dentro del plazo establecido en las bases
Documentación necesaria
- Proyecto conforme al Anexo II
- Acta de la asociación donde conste el nombramiento del representante legal
- Certificado de cuenta bancaria a nombre de la asociación
- Copia de los estatutos de la asociación
- Copia del CIF
- Copia compulsada de la inscripción en los registros correspondientes
- Tarjeta de identificación fiscal
- Cuadro de gastos e ingresos
- Documentación justificativa de la experiencia en actividades relacionadas con los fines públicos
- Documentos de forma requeridos según las bases
Cómo solicitar
- 1Presentar la solicitud a través del Registro Electrónico del Ayuntamiento de Puente Genil
- 2Firmar digitalmente la solicitud por la asociación o su representante legal
- 3Subsanar las faltas u omisiones detectadas en el plazo de 10 días hábiles desde el 21 de junio de 2018 (hasta el 4 de julio de 2018)
- 4Si no se subsanan las deficiencias en el plazo indicado, se tendrá por desistida la petición, conforme al artículo 8.2 de las bases reguladoras
Dónde: Registro Electrónico del Ayuntamiento de Puente Genil (http://www.puentegenil.es/sede)
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