Plan de medidas antifraude
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Descripción
Documento interno de gobernanza que establece el Plan de Medidas Antifraude del Ayuntamiento de El Robledo, como entidad ejecutora del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR). Su finalidad es garantizar que los fondos del Mecanismo para la Recuperación y la Resiliencia (MRR) de la UE se utilizan conforme a la normativa, previniendo, detectando y corrigiendo el fraude, la corrupción y los conflictos de intereses, así como la doble financiación. No es una convocatoria de ayudas ni subvenciones, sino un instrumento de planificación y control interno.
Requisitos
- Aplica a todo el Ayuntamiento de El Robledo y, en su caso, a sus entes dependientes que ejecuten fondos del PRTR
- Aplica exclusivamente a las actuaciones municipales para la ejecución de fondos del MRR dentro del PRTR
- Los intervinientes en procedimientos de contratación y concesión de subvenciones financiados con cargo al MRR deben cumplimentar la Declaración de Ausencia de Conflicto de Intereses (DACI)
- Los beneficiarios con actividades que presenten conflicto de intereses potencial deben aportar DACI como requisito de concesión
Documentación necesaria
- Declaración de Ausencia de Conflicto de Intereses (DACI) - Anexo II
- Confirmación de DACI conforme a la Orden HFP/55/2023
- Declaración institucional contra el fraude - Anexo III
- Declaración o certificado sobre la no existencia de concurrencia de otros fondos europeos (no doble financiación) en el expediente de cada subproyecto/actuación
- Código de conducta - Anexo IV
- Catálogo de banderas rojas - Anexo V
- Test de Conflicto de interés, prevención del fraude y la corrupción (Anexo II.B.5 de la Orden HFP/1030/2021)
Cómo solicitar
- 1El Comité Antifraude realiza la evaluación inicial del riesgo de fraude
- 2Se cumplimenta la DACI por todos los intervinientes en procedimientos de contratación y concesión de subvenciones financiados con fondos MRR
- 3Se verifica la DACI mediante información externa, comprobaciones sobre situaciones de alto riesgo y controles aleatorios
- 4Se aplican los indicadores de banderas rojas del Anexo V para detectar indicios de fraude
- 5Cualquier persona puede notificar sospechas de fraude a través del buzón de denuncias en la página web municipal o ante el Servicio Nacional de Coordinación Antifraude (SNCA) u OLAF
- 6El Comité Antifraude abre expediente informativo ante cualquier sospecha, analiza la información y resuelve con archivo o adopción de medidas correctoras
- 7Se eleva informe a Alcaldía-Presidencia y Secretaría-Intervención de las conclusiones y medidas aplicadas
- 8Se elabora una Memoria Anual de actividades del Comité Antifraude
Pregunta sobre esta ayuda
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