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CONSEJERÍA DE FOMENTO, ORDENACIÓN DELTERRITORIO Y MEDIO AMBIENTE

Decreto 48/2026, de 25 de junio, por el que se regula la declaración de obligación de servicio público de la reducción en el precio de las tarifas aplicadas en el título multiviaje para los usuarios habituales menores de 31 años y la concesión directa de

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Descripción

Subvenciones de concesión directa destinadas a compensar a las empresas operadoras de transporte público de viajeros por carretera de titularidad de la Comunidad Autónoma de Cantabria por la reducción tarifaria aplicada a usuarios habituales menores de 31 años en el título multiviaje (descuento de hasta el 70% sobre el billete ordinario). Las ayudas financian la pérdida de ingresos de los operadores entre el 1 de julio de 2026 y el 31 de octubre de 2027, con un límite total de 2.000.000 € distribuidos en dos anualidades.

Requisitos

  • Ser empresa prestadora de servicios públicos regulares de transporte de viajeros por carretera de uso general y permanente en líneas de titularidad de la Comunidad Autónoma de Cantabria (Transportes Terrestres Cántabros S.A.; Autobuses Casanova S.L.; Autobuses Juan Ruiz S.L.; Autobuses La Cantábrica de Comillas S.A.; Autobuses Palomera S.A.; Autocares Donato S.L.; Autotour Aranda Calderón S.L.; Lorenzo Casanova y Hermanos S.L.; Mavi Muñoz S.L.; Autocares N.R. Ruiz S.A.)
  • No concurrir ninguna de las circunstancias de prohibición previstas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones y en el artículo 12 apartados 2 y 3 de la Ley 10/2006 de Subvenciones de Cantabria
  • Hallarse al corriente del cumplimiento de obligaciones tributarias con la AEAT, frente a la Seguridad Social y con la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria

Documentación necesaria

  • Solicitud según modelo del Anexo I
  • Certificado justificativo de la pérdida de ingresos y del número de viajes subvencionados en el bimestre o mes correspondiente, firmado por el gerente de la empresa operadora
  • Certificado de titularidad de la cuenta para el ingreso firmado digitalmente por la entidad bancaria
  • Solicitud de justificación según modelo del Anexo II
  • Documentación acreditativa de la minoración de ingresos derivada de la aplicación de la reducción tarifaria

Cómo solicitar

  1. 1Cumplimentar la solicitud conforme al modelo del Anexo I
  2. 2Presentar la solicitud por medios electrónicos, en el plazo máximo de diez días hábiles desde la entrada en vigor del decreto, dirigida a la Dirección General de Transportes y Comunicaciones, a través del Registro Electrónico General de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria o de los demás registros electrónicos previstos en el artículo 134.8 de la Ley de Cantabria 5/2018
  3. 3Esperar la resolución y notificación en el plazo máximo de un mes desde la presentación de la solicitud
  4. 4Para cada bimestre (o mes en noviembre y diciembre de 2026), presentar la documentación justificativa y la solicitud de pago conforme al modelo del Anexo II en los plazos establecidos: desde el primer día del bimestre siguiente y hasta veinte días después (con particularidades para noviembre y diciembre de 2026 y enero de 2027)
  5. 5Recibir el pago una vez verificada por la Dirección General de Transportes y Comunicaciones la documentación justificativa

Dónde: Registro Electrónico General de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria, dirigido a la Dirección General de Transportes y Comunicaciones (o a través de los registros electrónicos previstos en el artículo 134.8 de la Ley de Cantabria 5/2018)

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Fuente oficial https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/924661Datos extraídos el 14 ago 2026 · verifica siempre la convocatoria vigente
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