SUBVENCIONES NOMINATIVAS A FESTIVALES DEL TERRITORIO: Festival Nómade 2026
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Descripción
Subvención nominativa de concesión directa de hasta 140.000 euros concedida a Territorios Nómadas SL (NIF B44701175) para la realización del 'Festival Nómade 2026', evento de promoción económica del territorio que incluye conciertos y actividades complementarias (vitivinícolas, gastronómicas y culturales) en los municipios de Moixent, la Font de la Figuera, Ontinyent y Bocairent, pertenecientes a las comarcas de la Costera y la Vall d'Albaida, con el fin de impulsar el desarrollo económico y social del interior de la provincia de València.
Requisitos
- Estar al corriente de las obligaciones con la Agencia Tributaria, la Seguridad Social y la Diputación de València
- No estar incurso en ninguna de las situaciones de prohibición de contratar previstas en el artículo 13.2 y 3 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones
- Aportar presupuesto de gastos e ingresos del evento
- Aportar programa de actividades del evento
- Realizar la actividad entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2026
Documentación necesaria
- Presupuesto de gastos e ingresos del evento
- Programa de actividades del 'Festival Nómade 2026'
- Certificado de estar al corriente de obligaciones con la Agencia Tributaria
- Certificado de estar al corriente de obligaciones con la Seguridad Social
- Certificado de estar al corriente de obligaciones con la Diputación de València
- Justificación de los gastos habidos entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2026
Cómo solicitar
- 1Se trata de una subvención nominativa de concesión directa, prevista nominativamente en el presupuesto de la Diputación de València, por lo que no existe procedimiento de solicitud abierta ni convocatoria pública
- 2El expediente es tramitado por el Servicio de Comarcalización (expediente 6/26/CMT)
- 3La aprobación de la inclusión de la subvención nominativa fue acordada por el Pleno de la Diputación de València el 19/05/2026
- 4La concesión es aprobada por Decreto de la Presidencia de la Diputación de València (Decreto nº 9633, de 03/08/2026)
- 5La entidad beneficiaria recibe la subvención en un pago único, previa justificación de los gastos en los términos establecidos en el decreto de concesión
- 6La justificación se realiza conforme al artículo 30 de la OGS, la Ley General de Subvenciones y su Reglamento de desarrollo (RD 887/2006)
Dónde: Diputación de València - Servicio de Comarcalización (sede electrónica de la Diputación de València)
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