SUBVENCIÓN NOMINATIVA 2025 A FAVOR DE LA ASOCIACIÓN LUCHA Y SONRÍE POR LA VIDA (ALUSVI).
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Descripción
Subvención nominativa de 18.000 € concedida por el Ayuntamiento de Pilas a la Asociación Lucha y Sonríe por la Vida (ALUSVI) para financiar durante 2025 programas de ayuda a afectados por cáncer y sus familias en el municipio, incluyendo atención psicológica, servicios de atención social, sensibilización sobre la enfermedad y promoción de hábitos de vida saludable.
Requisitos
- Ser una entidad privada sin ánimo de lucro con fines de ayuda a afectados por cáncer y familiares
- Estar inscrita en el Registro Municipal de Asociaciones de Pilas
- No estar incurso en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario del artículo 13 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones
- Estar al corriente de las obligaciones tributarias (Hacienda Estatal y Autonómica), con la Seguridad Social y con el propio Ayuntamiento de Pilas
- Disponer de medios y personal adecuado y suficiente para la realización de las actividades objeto del convenio
- Aceptar por escrito la subvención concedida dentro del plazo de diez días hábiles desde su notificación
- Iniciar las actividades entre la fecha de concesión y los dos meses posteriores a la recepción de los fondos
- Aplicar los fondos recibidos exclusivamente a las actividades subvencionadas, sin transferirlos a organizaciones intermediarias
- Dar la adecuada publicidad al carácter público de la financiación incorporando el escudo oficial del Ayuntamiento en todo material difundido
- Solicitar al menos tres ofertas de diferentes proveedores para gastos que superen las cuantías del contrato menor o los 3.000 euros
Documentación necesaria
- Memoria justificativa suscrita y fechada por el representante legal de la entidad con indicación de actividades desarrolladas, gastos, resultados, población beneficiaria, metodología y materiales producidos
- Relación suscrita por el beneficiario de la totalidad de gastos derivados de la actividad con copia de facturas originales y/o nóminas estampilladas por importe igual o superior al presupuesto aceptado
- Vida laboral de CCC y resumen contable de nóminas de la gestoría reflejando la cuota patronal correspondiente
- Originales de las ofertas de distintos proveedores cuando el gasto supere las cuantías del contrato menor
- Declaración relativa a la inexistencia de otras subvenciones o ayudas para la misma finalidad o mención expresa de otros ingresos indicando importe y procedencia
- Certificado de estar al corriente en obligaciones tributarias con Hacienda Pública Estatal y Autonómica, el propio Ayuntamiento y la Seguridad Social
- Declaración de que los gastos se han aplicado únicamente a este Ayuntamiento y a las actividades del año, incluyendo el IVA como concepto elegible
- Declaración de no estar incurso en las prohibiciones del artículo 13 de la Ley 38/2003
- Copias de folletos, revistas, comunicaciones en redes sociales, publicaciones web y carteles de publicidad de los programas
- Soporte fotográfico de eventos, registro de asistentes, encuestas de satisfacción y notas de prensa
- Detalle de cuotas patronales mensuales con modelos TC1 y TC2 y justificantes de pago sellados por la entidad bancaria
- Modelo 190 de retenciones IRPF con página resumen y páginas identificativas de las personas con nóminas subvencionadas
- Modelo 111 de pago de retenciones a cuenta del IRPF con acreditación del pago sellado por la entidad bancaria
- Justificantes de pago mediante transferencia bancaria, cheque firmado o recibí (para pagos en metálico iguales o inferiores a 150 € por factura y hasta 3.000 € en total)
Cómo solicitar
- 1La asociación elabora y presenta el Proyecto de actividades en el Registro del Ayuntamiento de Pilas (presentado el 5 de septiembre de 2025 y modificado el 24 de octubre de 2025)
- 2El Ayuntamiento de Pilas tramita la subvención nominativa incluida en el Presupuesto 2025 en la partida 23100/48017
- 3El área de Bienestar Social como órgano gestor elabora memoria justificativa conforme al artículo 50.1 de la Ley 40/2015
- 4Se firma el convenio regulador entre el Alcalde del Ayuntamiento de Pilas y el representante de la Asociación ALUSVI
- 5El beneficiario acepta por escrito la subvención concedida en el plazo de diez días hábiles desde la notificación
- 6Se realiza el pago anticipado de hasta el 100 % del importe de la subvención a la firma del convenio, eximido de garantía
- 7Se ejecuta la actividad subvencionada durante el plazo establecido (del 1 de enero al 31 de diciembre de 2025)
- 8Se presenta la cuenta justificativa ante el órgano gestor a través de la sede electrónica del Ayuntamiento antes del 31 de marzo de 2026
Dónde: Sede electrónica del Ayuntamiento de Pilas (https://sedelectronica.pilas.es)
Pregunta sobre esta ayuda
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