Ayudalíza
AYUNTAMIENTO DE PILAS

SUBVENCIÓN NOMINATIVA 2025 A FAVOR DE LA ASOCIACIÓN LUCHA Y SONRÍE POR LA VIDA (ALUSVI).

ImporteHasta 18.000 €
Plazo de solicitudHasta 31 dic 2025
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Descripción

Subvención nominativa de 18.000 € concedida por el Ayuntamiento de Pilas a la Asociación Lucha y Sonríe por la Vida (ALUSVI) para financiar durante 2025 programas de ayuda a afectados por cáncer y sus familias en el municipio, incluyendo atención psicológica, servicios de atención social, sensibilización sobre la enfermedad y promoción de hábitos de vida saludable.

Requisitos

  • Ser una entidad privada sin ánimo de lucro con fines de ayuda a afectados por cáncer y familiares
  • Estar inscrita en el Registro Municipal de Asociaciones de Pilas
  • No estar incurso en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario del artículo 13 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones
  • Estar al corriente de las obligaciones tributarias (Hacienda Estatal y Autonómica), con la Seguridad Social y con el propio Ayuntamiento de Pilas
  • Disponer de medios y personal adecuado y suficiente para la realización de las actividades objeto del convenio
  • Aceptar por escrito la subvención concedida dentro del plazo de diez días hábiles desde su notificación
  • Iniciar las actividades entre la fecha de concesión y los dos meses posteriores a la recepción de los fondos
  • Aplicar los fondos recibidos exclusivamente a las actividades subvencionadas, sin transferirlos a organizaciones intermediarias
  • Dar la adecuada publicidad al carácter público de la financiación incorporando el escudo oficial del Ayuntamiento en todo material difundido
  • Solicitar al menos tres ofertas de diferentes proveedores para gastos que superen las cuantías del contrato menor o los 3.000 euros

Documentación necesaria

  • Memoria justificativa suscrita y fechada por el representante legal de la entidad con indicación de actividades desarrolladas, gastos, resultados, población beneficiaria, metodología y materiales producidos
  • Relación suscrita por el beneficiario de la totalidad de gastos derivados de la actividad con copia de facturas originales y/o nóminas estampilladas por importe igual o superior al presupuesto aceptado
  • Vida laboral de CCC y resumen contable de nóminas de la gestoría reflejando la cuota patronal correspondiente
  • Originales de las ofertas de distintos proveedores cuando el gasto supere las cuantías del contrato menor
  • Declaración relativa a la inexistencia de otras subvenciones o ayudas para la misma finalidad o mención expresa de otros ingresos indicando importe y procedencia
  • Certificado de estar al corriente en obligaciones tributarias con Hacienda Pública Estatal y Autonómica, el propio Ayuntamiento y la Seguridad Social
  • Declaración de que los gastos se han aplicado únicamente a este Ayuntamiento y a las actividades del año, incluyendo el IVA como concepto elegible
  • Declaración de no estar incurso en las prohibiciones del artículo 13 de la Ley 38/2003
  • Copias de folletos, revistas, comunicaciones en redes sociales, publicaciones web y carteles de publicidad de los programas
  • Soporte fotográfico de eventos, registro de asistentes, encuestas de satisfacción y notas de prensa
  • Detalle de cuotas patronales mensuales con modelos TC1 y TC2 y justificantes de pago sellados por la entidad bancaria
  • Modelo 190 de retenciones IRPF con página resumen y páginas identificativas de las personas con nóminas subvencionadas
  • Modelo 111 de pago de retenciones a cuenta del IRPF con acreditación del pago sellado por la entidad bancaria
  • Justificantes de pago mediante transferencia bancaria, cheque firmado o recibí (para pagos en metálico iguales o inferiores a 150 € por factura y hasta 3.000 € en total)

Cómo solicitar

  1. 1La asociación elabora y presenta el Proyecto de actividades en el Registro del Ayuntamiento de Pilas (presentado el 5 de septiembre de 2025 y modificado el 24 de octubre de 2025)
  2. 2El Ayuntamiento de Pilas tramita la subvención nominativa incluida en el Presupuesto 2025 en la partida 23100/48017
  3. 3El área de Bienestar Social como órgano gestor elabora memoria justificativa conforme al artículo 50.1 de la Ley 40/2015
  4. 4Se firma el convenio regulador entre el Alcalde del Ayuntamiento de Pilas y el representante de la Asociación ALUSVI
  5. 5El beneficiario acepta por escrito la subvención concedida en el plazo de diez días hábiles desde la notificación
  6. 6Se realiza el pago anticipado de hasta el 100 % del importe de la subvención a la firma del convenio, eximido de garantía
  7. 7Se ejecuta la actividad subvencionada durante el plazo establecido (del 1 de enero al 31 de diciembre de 2025)
  8. 8Se presenta la cuenta justificativa ante el órgano gestor a través de la sede electrónica del Ayuntamiento antes del 31 de marzo de 2026

Dónde: Sede electrónica del Ayuntamiento de Pilas (https://sedelectronica.pilas.es)

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Fuente oficial https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/924924Datos extraídos el 14 ago 2026 · verifica siempre la convocatoria vigente
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