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AYUNTAMIENTO DE DON BENITO

BECAS/AYUDAS POR ASISTENCIA A LA FORMACION DEL PROGRAMA EFESO DON BENITO.FNANCIADO POR EL FSE+ 2021-2027

Próximamente · pendiente de publicación oficial

Importe13.45–72.630 €
Plazo de solicitudHasta 14 nov 2026
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Descripción

Becas por asistencia destinadas a compensar los gastos derivados de la participación en itinerarios formativos de inserción sociolaboral del Programa EFESO Don Benito (financiado por el FSE+ 2021-2027), dirigidas a personas participantes con rentas inferiores al 75% del IPREM. La cuantía es de 13,45 € por persona formada y día lectivo, abonándose en un único pago al finalizar el itinerario.

Requisitos

  • Haber adquirido previamente la condición de participante en los itinerarios formativos del Programa EFESO Don Benito conforme a las bases de selección de alumnado del programa
  • Carecer de rentas o ingresos iguales o superiores al 75% del IPREM mensual vigente (verificado al inicio del itinerario)
  • Las prestaciones sociales públicas o de asistencia social computan dentro del límite del 75% del IPREM
  • Para el inicio de cada itinerario será necesario un mínimo de 8 participantes

Documentación necesaria

  • Modelo oficial de solicitud facilitado por el personal técnico del programa
  • Documentación acreditativa de rentas e ingresos (para verificar el requisito del 75% del IPREM)
  • Documentación de identidad de la persona solicitante

Cómo solicitar

  1. 1Cumplimentar el modelo oficial de solicitud facilitado por el personal técnico del Programa EFESO
  2. 2Presentar la solicitud en el Registro General del Ayuntamiento de Don Benito o por cualquiera de los medios previstos en el artículo 16 de la Ley 39/2015
  3. 3Dirigir la solicitud a la Alcaldía-Presidencia del Ayuntamiento de Don Benito
  4. 4Si la solicitud estuviera incompleta o faltara documentación, se requerirá a la persona interesada para que subsane en un plazo de diez días naturales
  5. 5La Comisión de Valoración emitirá informe y propuesta de resolución provisional
  6. 6Se concede un plazo de alegaciones de diez días naturales
  7. 7La Alcaldía dictará resolución definitiva, que pondrá fin a la vía administrativa

Dónde: Registro General del Ayuntamiento de Don Benito o sede electrónica https://sede.donbenito.es (medios previstos en el artículo 16 de la Ley 39/2015)

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Fuente oficial https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/924882Datos extraídos el 14 ago 2026 · verifica siempre la convocatoria vigente
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