BECAS/AYUDAS POR ASISTENCIA A LA FORMACION DEL PROGRAMA EFESO DON BENITO.FNANCIADO POR EL FSE+ 2021-2027
Próximamente · pendiente de publicación oficial
Análisis con IA para tu perfil
Mira un breve anuncio y la IA evaluará tu compatibilidad con esta ayuda (nivel, puntuación y explicación) — o evita los anuncios con Premium.
Descripción
Becas por asistencia destinadas a compensar los gastos derivados de la participación en itinerarios formativos de inserción sociolaboral del Programa EFESO Don Benito (financiado por el FSE+ 2021-2027), dirigidas a personas participantes con rentas inferiores al 75% del IPREM. La cuantía es de 13,45 € por persona formada y día lectivo, abonándose en un único pago al finalizar el itinerario.
Requisitos
- Haber adquirido previamente la condición de participante en los itinerarios formativos del Programa EFESO Don Benito conforme a las bases de selección de alumnado del programa
- Carecer de rentas o ingresos iguales o superiores al 75% del IPREM mensual vigente (verificado al inicio del itinerario)
- Las prestaciones sociales públicas o de asistencia social computan dentro del límite del 75% del IPREM
- Para el inicio de cada itinerario será necesario un mínimo de 8 participantes
Documentación necesaria
- Modelo oficial de solicitud facilitado por el personal técnico del programa
- Documentación acreditativa de rentas e ingresos (para verificar el requisito del 75% del IPREM)
- Documentación de identidad de la persona solicitante
Cómo solicitar
- 1Cumplimentar el modelo oficial de solicitud facilitado por el personal técnico del Programa EFESO
- 2Presentar la solicitud en el Registro General del Ayuntamiento de Don Benito o por cualquiera de los medios previstos en el artículo 16 de la Ley 39/2015
- 3Dirigir la solicitud a la Alcaldía-Presidencia del Ayuntamiento de Don Benito
- 4Si la solicitud estuviera incompleta o faltara documentación, se requerirá a la persona interesada para que subsane en un plazo de diez días naturales
- 5La Comisión de Valoración emitirá informe y propuesta de resolución provisional
- 6Se concede un plazo de alegaciones de diez días naturales
- 7La Alcaldía dictará resolución definitiva, que pondrá fin a la vía administrativa
Dónde: Registro General del Ayuntamiento de Don Benito o sede electrónica https://sede.donbenito.es (medios previstos en el artículo 16 de la Ley 39/2015)
Pregunta sobre esta ayuda
Resuelve dudas sobre requisitos, plazos o cómo solicitarla. Respuestas orientativas.
El agente inteligente está suspendido temporalmente. Pronto estará disponible desde la app.
Descargar la appAyudalíza es una herramienta orientativa. No tramita ni gestiona ayudas, ni sustituye a la información oficial.